Se disparan las reclamaciones ante la nueva Ley de Protección de Datos
La AEPD (Agencia Española de Protección de Datos ) ha publicado un informe donde afirma que ha recibido cerca del 33% más de reclamaciones desde la entrada en vigor del nuevo Reglamento General de Protección de Datos.
Y es que aunque la nueva legislación debía entrar en vigor el 25 de Mayo de 2018 en España aún no se había convalidado la normativa en el Congreso por lo que el ámbito de cooperación Europeo en materia de Protección de Datos estaba aún en un limbo legal que necesitaba urgentemente adaptarse.
¿Cuál es el principal motivo del incremento de reclamaciones por LOPD?
Con la actual normativa europea se da más control a los usuarios, considerados la parte débil del “acuerdo” de información y se obliga por tanto a empresas a informar con más concreción sobre el uso de los datos que reciben, el tiempo que los conservarán, etc. Además, fruto de los últimos escándalos sobre fugas de datos privados, bancarios, etc. el consumidor está tomando más consciencia de la importancia de proteger su intimidad por lo que presumiblemente aumentarán aún más los casos de denuncia por vulneración en materia de Protección de Datos.
Hasta la fecha las principales denuncias vienen por la inclusión en ficheros de morosos donde los usuarios son introducidos con importe que poco o nada tienen que ver con la realidad y con unos datos que ellos no han autorizado ceder a estas empresas de recobro de morosidad. Eso sí, las denuncias más sonadas han sido este año las de Facebook y cómo no, Telefónica, siempre a la cabeza desde que entrase la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal por el 2007.
¿Pero qué ha cambiado con la nueva regulación de LOPD?
Básicamente las enmiendas introducidas por el ejecutivo Español lo que hacen es adaptar el marco normativo Europeo al Español donde se regularán entre otros aspectos como quién puede realizar inspecciones y cómo se regulan, el procedimiento sancionador, etc.
De momento la prescripción de sanciones se mantiene respecto la anterior legislación LOPD. En concreto se mantiene el plazo de 1 año para sanciones inferiores a 40.000€, 2 años para sanciones de entre 40.000€ y 300.000€ y 3 años para el incumplimiento en materia de LOPD por importe superior a 300.000€.
Por tanto, y aunque existe esta autonomía para los países miembros de la UE sí se establecen unas pautas de cooperación para garantizar los derechos de todos los miembros de la UE.
Adaptarse a la nueva regulación de Protección de Datos es fundamental y lo será cada vez más puesto que los usuarios están muy dispuestos a colgar en redes sociales toda su vida voluntariamente y a dar todo tipo de datos relacionados con su intimidad y sin embargo se alarman si reciben un email publicitario o no deseado de alguien que ha extraído sus datos de las redes sociales o bases de datos. Nuestra Asesoría cuenta con un equipo jurídico especializado en materia de Protección de Datos donde ofrecemos consultoría en Protección de Datos e implantación de Protección de Datos. No dude en consultarnos sin compromiso.
Josefina Moreno
Abogada Asesoría Edac