Adaptación LOPD Ley de Protección de Datos - Servicios Edac
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Adaptación LOPD Ley de Protección de Datos

¿ Qué servicios incluye nuestra oferta de Implantación LOPD?

A.- REVISIÓN DE IMPLEMENTACIÓN LOPD.

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Reglamento (UE) 2016/679 de 27 de abril, de protección de datos de carácter personal y la libre circulación de los mismos, reflejado en la Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre de Protección de Datos Personales y Garantía de Derechos digitales.

Como en su actividad empresarial ustedes gestionan datos de carácter personal (personal propio, clientes y proveedores) tanto en soporte automatizado como en soporte no automatizado, deben aplicar las medidas de seguridad reglamentarias, así como crear la documentación necesaria para describir los procedimientos de gestión, controlar su funcionamiento, detectar incidencias y aplicar las oportunas actualizaciones.

Nuestra propuesta de trabajo se realizaría en base a la adecuación a la Ley y normativa vigente. Establecer un diagnóstico de la realidad actual de la empresa en cuanto al cumplimiento de la normativa de protección de datos así como de la gestión de la información en general. A partir de los resultados se procederá a la adecuación de la organización a la normativa de protección de datos.

B.- FASES

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B.1. ANÁLISIS DEL CASO

Análisis de la totalidad de datos tratados por su empresa para la detección de los denominados “datos de carácter personal”, según definición de la legislación aplicable.

– Análisis de los circuitos de transmisión de datos de carácter personal dentro de la actividad, así como con entidades externas y vinculadas.

– Caracterización de estos datos de carácter personal según los criterios establecidos en el Reglamento de Desarrollo de la LOPD (Real Decreto 1720/2007).

– Definir el nivel de seguridad que se debe aplicar a cada tipología de “dato de carácter personal”.

– Definición de las finalidades para las cuales se han creado los ficheros identificados.

– Estudio de la recogida de datos a través de los distintos canales de comunicación.

– Estudio del procedimiento de envío y gestión, de comunicaciones a personal, franquiciados, clientes y proveedores.

– Definición de la gestión e implicaciones en cuanto al sistema de vídeo vigilancia instalado.

B.2 REVISIÓN INFORMACIÓN

Se estudiaría el funcionamiento a nivel general del sistema de información de la organización, que incluye:

– Descripción del sistema de información. Diagrama informático y del sistema de archivo documental.

– Detalle de los flujos de datos. Comunicaciones interiores y exteriores.

– Estructura de los ficheros.

– Verificación de accesos y medidas de control.

– Gestión de soportes (inventario, entradas y salidas, integridad, etc).

– Medidas de seguridad: acceso físico, seguridad ambiental, etc.

B.3 REVISIÓN DE DOCUMENTACIÓN TÉCNICA Y RESPONSABLES

Se realizará/actualizará de ser el caso el REGISTRO DE ACTIVIDADES Y TRATAMIENTO a las exigencias de la nueva normativa como Reglamento Interno de Seguridad, que deben cumplir todos los usuarios. Esto permitirá:

– Protección de los datos en cumplimiento de la legislación aplicable.

– Asegurar buenas prácticas en el uso de Internet, correo electrónico y el sistema informático, en general.

En el Documento se propondrán los cargos de responsabilidad que se crean necesarios para la gestión continuada de los datos de carácter personal, en cumplimiento de los requisitos legales. En este sentido, será necesario definir:

– Responsable del Fichero.

– Encargado del Tratamiento.

– Responsable de Seguridad.

– Usuarios del sistema.

B.4 ELABORACIÓN DE DOCUMENTACIÓN JURÍDICA DE SER EL CASO

Esto supone la preparación de documentos como:

– Cláusulas de confidencialidad e información de derechos a los trabajadores propios.

– Cláusulas de información en correspondencia con clientes y proveedores, en los correos electrónicos, etc.

C.- AUDITORIA

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En aquellos casos que los datos de carácter personal tengan la clasificación ALTA es necesaria de forma bianual la ejecución de auditorías de Protección de datos.

En el resto de casos, con clasificación BAJA el control se realizará anualmente.

D.- FORMA DE TRABAJO

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Para desarrollar el proyecto es necesaria la designación de un coordinador, que con independencia de otras responsabilidades, tenga autoridad para coordinar las actividades relacionadas con el proyecto:

  • Aportar la información sobre el sistema de trabajo actual o coordinar a las personas que la pueden aportar.
  • Preparar la documentación requerida para nuestro asesor.
  • Aplicar la documentación redactada y realizar un seguimiento del funcionamiento del sistema.

 

La implantación de LOPD en su empresa podrá ser realizada on-line mediante el soporte de nuestros sistemas de gestión integrados o presencialmente si el servicio lo requiere para que nuestros profesionales valoren directamente cómo pueden adaptarse a las normativas que afecten a la LOPD.

¿Le gustaría contratar el servicio?

El plazo de ejecución salvo que durante el periodo de trabajo se produzcan alteraciones es de 45 días a contar desde la aceptación de presupuesto y 30 días desde la recepción de documentación por parte del cliente.

Ir a la pasarela de Pago On-line. Tan pronto se reciba el pago procederemos a ponernos en contacto para iniciar los servicios contratados.

 

Gracias por confiar en nuestro equipo de Asesores para implantar la Ley de Protección de Datos en su empresa.

*El presente presupuesto es idéntico para prácticamente todas las empresas. Esta oferta está limitada a empresas de un tamaño máximo de 10 empleados y 1 centro de trabajo.



CONTRATACIÓN DE SERVICIOS:

Usted está contratando su inclusión en una demanda colectiva dirigida al Consorcio de Seguros. En concreto los servicios incluidos son:

– Revisión de contratos de Seguros de Comercio para valoración de la posibilidad de Reclamación ante la propia compañía de Seguros o en su defecto al Consorcio de Seguros algún tipo de indemnización debido al Cese Temporal del Negocio por covid19 o cualquier otro motivo incluido en el condicionado del contrato.

– Presentación de reclamación ante el Consorcio de Seguros.

– Adhesión a la posible Demanda Colectiva al Consorcio de Seguros exigiendo la inclusión del Covid19 como causa que motiva indemnización por Lucro Cesante.

CONTRATACIÓN ADICIONAL A PACTAR:

– Demanda al Consorcio de Seguros de Forma Colectiva*

RESULTADO INCIERTO:

Este despacho advierte del resultado incierto del procedimiento judicial iniciado al Consorcio, así como de la duración del mismo. En este sentido, queremos dejar constancia de que las explicaciones ofrecidas han sido suficientes y por tanto es usted como cliente quien asume el resultado incierto de este procedimiento.

Indicarle, que para el caso de NO prosperar el procedimiento, se procederá según lo dispuesto en el artículo 394 de la vigente Ley de Enjuiciamiento Civil. En este caso le informaremos de forma previa antes de iniciar cualquier procedimiento, de cualquier consecuencia que suponga o pueda suponer un coste para usted.

Por tanto, usted se está uniendo a una demanda colectiva y tanto su reclamación y/o importe a solicitar como indemnización será pactada entre usted y nuestro despacho de forma previa.

*COSTE PROCEDIMIENTO JUDICIAL:

El precio indicado como pago inicial de 150€+IVA incluye la inclusión en la demanda colectiva, la redacción de la demanda, la revisión de documentos y las reclamaciones previas a la demanda.

Para el caso de interponer una demanda de forma colectiva, debe saber que:

Para el supuesto de tener contratada póliza de seguros que incluya defensa jurídica, estos gastos podrán ser asumidos por la misma previa declaración de siniestro, por lo que inicialmente no se haría efectivo el pago, que solo procederá en el caso de que finalmente la cobertura no lo permitiera, en cuyo caso se procederá al pago de los honorarios según lo estipulado en le presente presupuesto en la forma estipulada en el mismo.

Para el caso de NO tener contratada póliza de seguros que incluya defensa jurídica, los honorarios de este despacho se abonarían según la presente escala:

Hasta 3000 € ________________ 300 + IVA

Hasta 10.000 € ______________ 400 + IVA

Hasta 30.000 € ______________ 500 + IVA

Hasta 60.000 € ______________ 600 + IVA

Superior a 60.001 €# a comentar

Importes inferiores a 3.000€ a comentar puesto que su inclusión den la demanda colectiva no tiene por qué conllevar aparejada una cantidad mínima de dinero queriendo por tanto únicamente unirse para reclamar un derecho futuro.

ASESORAMIENTO PERMANENTE E INFORMACIÓN:

La prestación del servicio supone la aceptación del presente presupuesto incluye el asesoramiento permanente, que Vd. puede recibir con carácter general, mediante el Boletín Informativo que periódicamente se la facilitará y que recoge todas las novedades relacionadas con los temas contratados por Vd.; o bien información de carácter particular mediante las consultas que Vd. efectúe y que serán atendidas por nuestros profesionales.

Así mismo, usted autoriza a que nuestra consultora, o cualquier empresa del grupo pueda incluir sus datos personales y de contacto dentro de sus bases de datos con fines comerciales y/o promocionales y a utilizar por tanto sus datos con dicho fin.

POLÍTICA DE CONTRATACIÓN DE PROTECCIÓN DE DATOS:

ASESORIA EDAC – LCDN, SL tratará de modo confidencial los datos de carácter personal del cliente cumpliendo adecuadamente y en todo momento con lo dispuesto en el nuevo Reglamento (UE) 2016/679 de 27 de abril, de protección de datos de carácter personal y la libre circulación de los mismos, reflejado en la Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre de Protección de Datos Personales y Garantía de Derechos digitales. Los datos facilitados por el cliente. Serán tratados conforme a las exigencias legales en todo momento, y adoptarán las medidas de seguridad adecuadas que eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado. En cualquier momento, el cliente o sus representantes podrán ejercer su derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición con modificación, según lo previsto en el nuevo Reglamento (UE) 2016/679 de 27 de abril, de protección de datos de carácter personal y la libre circulación de los mismo o cualquier otra normativa aplicable al efecto, mediante correo electrónico a la dirección administracion@serviciosdac.com o por correo ordinario al domicilio social de ASESORIA EDAC – LCDN, SL (Calle Valencia 482 Local, 08013 Barcelona), o por cualquier otro medio que permita conocer la identidad de los clientes que ejerciten cualquiera de los anteriores derechos. ASESORIA EDAC – LCDN, SL se reserva el derecho de modificar su política de seguridad y protección de datos de manera discrecional, en cualquier momento y sin previo aviso, siempre ajustándose a la legislación española vigente en todo momento.