Admitida demanda de Asesoria Edac a la Generalitat por vulneración de derechos fundamentales - Servicios Edac
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Admitida demanda de Asesoria Edac a la Generalitat por vulneración de derechos fundamentales

Asesoria Edac demanda a la Generalitat por vulneración de derechos fundamentales en las medidas adoptadas durante el Covid

Estimados clientes,

Tal y como les habíamos dicho, es una prioridad para este despacho la protección de nuestro trabajo y el de nuestros clientes. Por eso mismo, durante el mes de Octubre se impulsó desde este despacho una Demanda a la Generalitat por vulneración de derechos fundamentales.

El inicio de la pandemia provocada por Covid provocó el confinamiento global de todos nosotros, y sin duda, podemos hasta aceptar que fuera una sorpresa difícil de gestionar. Sin embargo, los meses han ido pasando y no se han tomado medida para paliar los efectos adversos que ha provocado esta pandemia en nuestros negocios. Tanto es así que hemos visto cómo cada comunidad autónoma aplica un criterio diferente para controlar la pandemia, cómo se ordena el cierre de negocios y establecimientos de un día para otro sin posibilidad de organizar nuestros negocios ni sistemas de producción, horarios, etc. y cómo se ofrecen préstamos para paliar la falta de liquidez mientras que las auténticas ayudas económicas no llegan a sus destinatarios, los negocios afectados por cierre.

Sectores como la cultura ya sea de música, cine o teatros, la estética, el comercio en general y, muy particularmente en nuestro caso la Hostelería y Turismo, en la que particularmente nos vemos afectados como socios comerciales de diferentes Gremios del sector, han sido criminalizados como propagadores de la pandemia, y no han sido receptores de ayudas concretas o han recibido ayudas insuficientes.

Perjuicios provocados por medidas parciales y discriminatorias:

Este despacho se ha visto gravemente perjudicado por toda esta nefasta gestión de los diferentes gobiernos debiendo incrementar sus servicios y ayuda a clientes sin contraprestación económica, ha visto cómo clientes solventes se veían obligados a cerrar, a endeudarse y sin duda han sufrido la frustración de ver cómo no pueden organizarse dentro de su empresa.

Y en nuestra demanda, admitida por el TSJ (Tribunal Superior de Justicia) vamos más allá, y es que mientras s prohíbe un derecho fundamental como es la libertad de circulación, libertad de empresa y organización sí se exige la obligación económica impositiva. Es decir, debemos acatar, pagar y callar.

Debe quedar claro, que nuestro despacho no representa a ningún partido político ni color. Es independiente quién toma las decisiones y quién las ejecuta. Nuestro despacho únicamente ha interpuesto la demanda en pro de la defensa de sus derechos fundamentales que considera vulnerados. Mientras unos estamos obligados al cierre y a endeudarnos aplicando medidas restrictivas, vemos cómo el Gobierno sigue sin poner medios para la contención de la pandemia mientras sí destina grandes recursos a sus propias estructuras.

Ya advertíamos meses atrás que llegaríamos hasta el final reclamando responsabilidades. Actualmente somos un gran número los que hemos plantado cara y hemos preparado una demanda global contra el Consorcio de Seguros. Sin duda, vamos a luchar por una indemnización global a nuestros clientes y afectados por las medidas de cierre temporal de negocios que además, se ha demostrado ineficaz.

Los propios datos estadísticos mostrados por el Gobierno muestran claramente cómo ni la restauración, ni la cultura, ni los centros de estética por poner algunos ejemplos, son los causantes de la expansión de la pandemia. No sólo eso, si no que mientras se prohíbe la apertura de ciertos negocios, no se incrementan los servicios públicos donde sí se observan claras aglomeraciones en determinadas franjas horarias.

Nuestro despacho seguirá luchando por los derechos de nuestro despacho y de todos sus clientes.

¿Qué derechos han sido vulnerados con todas las políticas de cierre temporal de negocios?

  • Libertad de movimiento.
  • Libertad de empresa.
  • Perjuicio material, que afecta tanto a nuestros bienes y los de nuestra empresa como a los económicos.
  • Perjuicio moral, que afecta a la criminalización de unos sectores frente a otros.

Estaremos encantados de atenderles ante cualquier duda o aclaración y por supuesto, ponemos todo nuestro equipo de profesionales y equipo jurídico a su disposición para ayudarle a solicitar sus derechos. Únase a nuestro equipo!!

 

Asesoría Edac tiene una amplia experiencia en la gestión fiscal y contable, asesoramiento laboral y gestión de nóminas y cuenta con un departamento mercantil y jurídico especializado en autónomos y empresas.

Nuestro equipo de profesionales gestiona desde autónomos o pequeños comercios hasta industrias o multinacionales que requieren de sistemas más avanzados con conexión 24 horas a nuestra asesoría, informes realizados en diferentes idiomas o la consolidación de balances.

Resumen información demanda aceptada: Aquí

Esperemos que prospere nuestra iniciativa y podamos seguir ofreciendo buenas noticias a todos nuestros clientes.

Daniel Moreno Haro

info@serviciosdac.com

Telf. 930153772

Asesoría Edac – Lcdn



CONTRATACIÓN DE SERVICIOS:

Usted está contratando su inclusión en una demanda colectiva dirigida al Consorcio de Seguros. En concreto los servicios incluidos son:

– Revisión de contratos de Seguros de Comercio para valoración de la posibilidad de Reclamación ante la propia compañía de Seguros o en su defecto al Consorcio de Seguros algún tipo de indemnización debido al Cese Temporal del Negocio por covid19 o cualquier otro motivo incluido en el condicionado del contrato.

– Presentación de reclamación ante el Consorcio de Seguros.

– Adhesión a la posible Demanda Colectiva al Consorcio de Seguros exigiendo la inclusión del Covid19 como causa que motiva indemnización por Lucro Cesante.

CONTRATACIÓN ADICIONAL A PACTAR:

– Demanda al Consorcio de Seguros de Forma Colectiva*

RESULTADO INCIERTO:

Este despacho advierte del resultado incierto del procedimiento judicial iniciado al Consorcio, así como de la duración del mismo. En este sentido, queremos dejar constancia de que las explicaciones ofrecidas han sido suficientes y por tanto es usted como cliente quien asume el resultado incierto de este procedimiento.

Indicarle, que para el caso de NO prosperar el procedimiento, se procederá según lo dispuesto en el artículo 394 de la vigente Ley de Enjuiciamiento Civil. En este caso le informaremos de forma previa antes de iniciar cualquier procedimiento, de cualquier consecuencia que suponga o pueda suponer un coste para usted.

Por tanto, usted se está uniendo a una demanda colectiva y tanto su reclamación y/o importe a solicitar como indemnización será pactada entre usted y nuestro despacho de forma previa.

*COSTE PROCEDIMIENTO JUDICIAL:

El precio indicado como pago inicial de 150€+IVA incluye la inclusión en la demanda colectiva, la redacción de la demanda, la revisión de documentos y las reclamaciones previas a la demanda.

Para el caso de interponer una demanda de forma colectiva, debe saber que:

Para el supuesto de tener contratada póliza de seguros que incluya defensa jurídica, estos gastos podrán ser asumidos por la misma previa declaración de siniestro, por lo que inicialmente no se haría efectivo el pago, que solo procederá en el caso de que finalmente la cobertura no lo permitiera, en cuyo caso se procederá al pago de los honorarios según lo estipulado en le presente presupuesto en la forma estipulada en el mismo.

Para el caso de NO tener contratada póliza de seguros que incluya defensa jurídica, los honorarios de este despacho se abonarían según la presente escala:

Hasta 3000 € ________________ 300 + IVA

Hasta 10.000 € ______________ 400 + IVA

Hasta 30.000 € ______________ 500 + IVA

Hasta 60.000 € ______________ 600 + IVA

Superior a 60.001 €# a comentar

Importes inferiores a 3.000€ a comentar puesto que su inclusión den la demanda colectiva no tiene por qué conllevar aparejada una cantidad mínima de dinero queriendo por tanto únicamente unirse para reclamar un derecho futuro.

ASESORAMIENTO PERMANENTE E INFORMACIÓN:

La prestación del servicio supone la aceptación del presente presupuesto incluye el asesoramiento permanente, que Vd. puede recibir con carácter general, mediante el Boletín Informativo que periódicamente se la facilitará y que recoge todas las novedades relacionadas con los temas contratados por Vd.; o bien información de carácter particular mediante las consultas que Vd. efectúe y que serán atendidas por nuestros profesionales.

Así mismo, usted autoriza a que nuestra consultora, o cualquier empresa del grupo pueda incluir sus datos personales y de contacto dentro de sus bases de datos con fines comerciales y/o promocionales y a utilizar por tanto sus datos con dicho fin.

POLÍTICA DE CONTRATACIÓN DE PROTECCIÓN DE DATOS:

ASESORIA EDAC – LCDN, SL tratará de modo confidencial los datos de carácter personal del cliente cumpliendo adecuadamente y en todo momento con lo dispuesto en el nuevo Reglamento (UE) 2016/679 de 27 de abril, de protección de datos de carácter personal y la libre circulación de los mismos, reflejado en la Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre de Protección de Datos Personales y Garantía de Derechos digitales. Los datos facilitados por el cliente. Serán tratados conforme a las exigencias legales en todo momento, y adoptarán las medidas de seguridad adecuadas que eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado. En cualquier momento, el cliente o sus representantes podrán ejercer su derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición con modificación, según lo previsto en el nuevo Reglamento (UE) 2016/679 de 27 de abril, de protección de datos de carácter personal y la libre circulación de los mismo o cualquier otra normativa aplicable al efecto, mediante correo electrónico a la dirección administracion@serviciosdac.com o por correo ordinario al domicilio social de ASESORIA EDAC – LCDN, SL (Calle Valencia 482 Local, 08013 Barcelona), o por cualquier otro medio que permita conocer la identidad de los clientes que ejerciten cualquiera de los anteriores derechos. ASESORIA EDAC – LCDN, SL se reserva el derecho de modificar su política de seguridad y protección de datos de manera discrecional, en cualquier momento y sin previo aviso, siempre ajustándose a la legislación española vigente en todo momento.