Ayuda subvención de hasta 17.000€ para la contratación de Jóvenes - Servicios Edac
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Ayuda subvención de hasta 17.000€ para la contratación de Jóvenes

En Marzo finalizará el plazo de presentación de Ayudas para la Subvención para la contratación de jóvenes. La ayuda en cuestión, que estará financiada por los Fondos Europeos, pretende incentivar la contratación de jóvenes de entre 16 años y 29 años.  El importe de dicha ayuda consiste es de 1.400€ mensuales.

En Asesoría Edac podemos ayudar en la tramitación y cumplimiento de los requisitos necesarios para la obtención de esta subvención. En este artículo veremos en qué consiste dicha ayuda.

Importe de la Subvención para la contratación de jóvenes:

El importe máximo a subvencionar será de 17.684,52€

¿Quién puede beneficiarse de una Subvención para la contratación de personal?

La ayuda para la contratación de jóvenes de entre 16 y 30 años pueden solicitarla aquellas Cooperativas de trabajo asociados así como Autónomos (personas físicas) y jurídicas o Comunidad de Bienes con capacidad legal como empresarias para la realización de un contrato de trabajo siempre que estén legalmente constituidas en Cataluña.

¿Qué tipos de contrato de trabajo pueden subvencionarse?

Podrán beneficiarse de esta ayuda aquellas empresas o autónomos que contraten jóvenes mayores de 16 años o menores de 30 siempre que estén inscritas en el SOC (Servei Ocupació Catalunya) como DONO y que tengan capacidad legal para formalizar un contrato de trabajo.

Características que debe cumplir el contrato de trabajo para acceder a la Subvención para la contratación de jóvenes:

El contrato deberá tener una duración mínima de 12 meses y ser a tiempo completo.

El número de contratos subvencionables por persona o entidad beneficiaria no podrá ser superior a 5 ni superar el 50% de la plantilla excepto aquellas empresas o autónomos que sólo tengan 1 persona contratada donde el número máximo de contratos subvencionables será 1.

Serán subvencionables los contratos suscritos entre el 01 de Diciembre 2021 y 28 de Febrero de 2022

Plazo:

Se podrán presentar solicitudes desde el 31 de Diciembre de 2021 y hasta el 31 de Marzo de 2022.

Contacto:

Se ha establecido un email de contacto: contractacio_joves.soc@gencat.cat

Web: https://serveiocupacio.gencat.cat/ca/Empreses/Contractes-temporals-o-indefinits-per-a-persones-joves/

 

Para ampliar Información pueden descargarse la infografía proporcionada por el propio Servei de Ocupació:  Acceso a información SOC

¿Dónde puede tramitarse?

La tramitación puede realizarse online en la web de GENCAT: Tramitar Ayuda a la contratación de Jóvenes

Asesoría Edac cuenta con una amplia experiencia en la tramitación de Ayudas y Subvenciones contando en la consultora con un equipo de profesionales especializados en las principales áreas de empresa como la realización de nóminas y asesoramiento laboral, gestión contable y asesoramiento fiscal, gestión mercantil y asesoramiento jurídico, etc. Todos nuestros departamentos interaccionan conjuntamente con un equipo estratégico que analiza todas las ayudas y subvenciones poniendo a disposición de nuestros clientes la información para que todos los autónomos y empresas puedan acceder a las subvenciones públicas con la ayuda o apoyo de nuestra consultora o bien realizando el trámite directamente gracias a la información y asesoramiento ofrecido por nuestros profesionales.

En definitiva, si tienen alguna duda sobre cómo podrían acceder a esta ayuda o qué requisitos debería cumplir la persona que quieren contratar para poder acceder a la subvención de 17.000€ por la contratación de personal joven.

Daniel Moreno Haro

CEO Asesoría Edac – La Central del Negocio

Telf. 93.153772 – info@serviciosdac.com



CONTRATACIÓN DE SERVICIOS:

Usted está contratando su inclusión en una demanda colectiva dirigida al Consorcio de Seguros. En concreto los servicios incluidos son:

– Revisión de contratos de Seguros de Comercio para valoración de la posibilidad de Reclamación ante la propia compañía de Seguros o en su defecto al Consorcio de Seguros algún tipo de indemnización debido al Cese Temporal del Negocio por covid19 o cualquier otro motivo incluido en el condicionado del contrato.

– Presentación de reclamación ante el Consorcio de Seguros.

– Adhesión a la posible Demanda Colectiva al Consorcio de Seguros exigiendo la inclusión del Covid19 como causa que motiva indemnización por Lucro Cesante.

CONTRATACIÓN ADICIONAL A PACTAR:

– Demanda al Consorcio de Seguros de Forma Colectiva*

RESULTADO INCIERTO:

Este despacho advierte del resultado incierto del procedimiento judicial iniciado al Consorcio, así como de la duración del mismo. En este sentido, queremos dejar constancia de que las explicaciones ofrecidas han sido suficientes y por tanto es usted como cliente quien asume el resultado incierto de este procedimiento.

Indicarle, que para el caso de NO prosperar el procedimiento, se procederá según lo dispuesto en el artículo 394 de la vigente Ley de Enjuiciamiento Civil. En este caso le informaremos de forma previa antes de iniciar cualquier procedimiento, de cualquier consecuencia que suponga o pueda suponer un coste para usted.

Por tanto, usted se está uniendo a una demanda colectiva y tanto su reclamación y/o importe a solicitar como indemnización será pactada entre usted y nuestro despacho de forma previa.

*COSTE PROCEDIMIENTO JUDICIAL:

El precio indicado como pago inicial de 150€+IVA incluye la inclusión en la demanda colectiva, la redacción de la demanda, la revisión de documentos y las reclamaciones previas a la demanda.

Para el caso de interponer una demanda de forma colectiva, debe saber que:

Para el supuesto de tener contratada póliza de seguros que incluya defensa jurídica, estos gastos podrán ser asumidos por la misma previa declaración de siniestro, por lo que inicialmente no se haría efectivo el pago, que solo procederá en el caso de que finalmente la cobertura no lo permitiera, en cuyo caso se procederá al pago de los honorarios según lo estipulado en le presente presupuesto en la forma estipulada en el mismo.

Para el caso de NO tener contratada póliza de seguros que incluya defensa jurídica, los honorarios de este despacho se abonarían según la presente escala:

Hasta 3000 € ________________ 300 + IVA

Hasta 10.000 € ______________ 400 + IVA

Hasta 30.000 € ______________ 500 + IVA

Hasta 60.000 € ______________ 600 + IVA

Superior a 60.001 €# a comentar

Importes inferiores a 3.000€ a comentar puesto que su inclusión den la demanda colectiva no tiene por qué conllevar aparejada una cantidad mínima de dinero queriendo por tanto únicamente unirse para reclamar un derecho futuro.

ASESORAMIENTO PERMANENTE E INFORMACIÓN:

La prestación del servicio supone la aceptación del presente presupuesto incluye el asesoramiento permanente, que Vd. puede recibir con carácter general, mediante el Boletín Informativo que periódicamente se la facilitará y que recoge todas las novedades relacionadas con los temas contratados por Vd.; o bien información de carácter particular mediante las consultas que Vd. efectúe y que serán atendidas por nuestros profesionales.

Así mismo, usted autoriza a que nuestra consultora, o cualquier empresa del grupo pueda incluir sus datos personales y de contacto dentro de sus bases de datos con fines comerciales y/o promocionales y a utilizar por tanto sus datos con dicho fin.

POLÍTICA DE CONTRATACIÓN DE PROTECCIÓN DE DATOS:

ASESORIA EDAC – LCDN, SL tratará de modo confidencial los datos de carácter personal del cliente cumpliendo adecuadamente y en todo momento con lo dispuesto en el nuevo Reglamento (UE) 2016/679 de 27 de abril, de protección de datos de carácter personal y la libre circulación de los mismos, reflejado en la Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre de Protección de Datos Personales y Garantía de Derechos digitales. Los datos facilitados por el cliente. Serán tratados conforme a las exigencias legales en todo momento, y adoptarán las medidas de seguridad adecuadas que eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado. En cualquier momento, el cliente o sus representantes podrán ejercer su derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición con modificación, según lo previsto en el nuevo Reglamento (UE) 2016/679 de 27 de abril, de protección de datos de carácter personal y la libre circulación de los mismo o cualquier otra normativa aplicable al efecto, mediante correo electrónico a la dirección administracion@serviciosdac.com o por correo ordinario al domicilio social de ASESORIA EDAC – LCDN, SL (Calle Valencia 482 Local, 08013 Barcelona), o por cualquier otro medio que permita conocer la identidad de los clientes que ejerciten cualquiera de los anteriores derechos. ASESORIA EDAC – LCDN, SL se reserva el derecho de modificar su política de seguridad y protección de datos de manera discrecional, en cualquier momento y sin previo aviso, siempre ajustándose a la legislación española vigente en todo momento.