Desvincularse como franquiciado. ¿Cómo salir de una franquicia? - Servicios Edac
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Desvincularse como franquiciado. ¿Cómo salir de una franquicia?

Desvincularse como franquiciado. ¿Cómo salir de una franquicia?

¿Cómo desvincularse de una Franquicia?

Unirse a una Franquicia es atarse a un matrimonio del que se espera pueda ser duradero. Sin embargo, como pasa con las relaciones personales, no siempre se trata de amor eterno y cuando ocurre esto el divorcio suele ser traumático.

Hay multitud de estudios que demuestran que el Franquiciado muestra un amor incondicional por la Franquicia durante los primeros meses pero que pasada esa euforia inicial se produce una fase de desamor en la que el franquiciado se empieza a plantear su relación a medio y largo plazo. Este periodo es el más conflictivo para una franquicia puesto que debe mostrar en los momentos más adversos sus mejores atributos para volver a enamorar a sus franquiciados.

El problema que nos encontramos como Asesoría cuando se dirige a nosotros un franquiciado que quiere desvincularse de una franquicia es que ha perdido la fe en la marca, no visualiza las ventajas competitivas que ofrece la marca y además valora negativamente los productos y servicios que se le ofrecen cuando se compara con otras marcas o franquicias.

Igualmente, y a pesar de los más sonados casos como el caso de los Franquiciados de DIA que demandaron a la Franquicia DIA con la mala suerte que además su Abogado desapareció con el dinero de éstos, o los franquiciados de LlaoLlao Asia que se marcharon todos a otra franquicia de la competencia, el sector tiene poca litigiosidad. El informe sobre litigiosidad en franquicia detalla que entre los años 2014 y 2016 se han dictado un total de 126 sentencias: 116 en Audiencias Provinciales, 7 en el Tribunal Supremo y 3 laudos arbitrales todos ellos principalmente debidos a: Nulidad del contrato de franquicia por “vicios” en el consentimiento del franquiciado; falta de objeto a la hora de elaborar un contrato. Que el franquiciado no abone los derechos o ‘royalties’ por pertenecer a la franquicia; vulneración de la cláusula de no competencia postcontractual; comercialización de productos o de proveedores no autorizados o incumplimientos del franquiciador por no prestar asistencia técnica.. Hablamos de un número muy reducido, casi residual, teniendo en cuenta que el año 2016 cerró con casi 51.000 franquiciados.

Nuestra Asesoría concluye que la poca incidencia judicial entre Franquicia (franquiciador) y franquiciado se debe a que es relativamente sencillo marchar de una franquicia.

Pero, ¿Qué lleva a una Franquiciado a desvincularse de una Franquicia?

1. No estar conforme con tener que comprar todos los productos a la franquicia.

Los contratos de Franquicia se rigen por el Reglamento nº330/2010 de la Comisión del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y en concreto de su artículo 101 apartado 3 donde establece una limitación de 5 años en cualquier cláusula referente a las obligaciones de compra.

Por lo que respecta a los productos, en su artículo 1 apartado d se establece que existe la obligación de compra de hasta un 80% de los bienes y servicios bien a la franquicia o bien a los proveedores designados por ésta.

Por otra parte, el artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la UE dicta que se pueden fijar directa o indirectamente los precios de compra u otras condiciones contractuales.

La ventaja de estar en una franquicia es y ha de ser la aplicación de economías de escala o lo que es lo mismo, conseguir tal y como se haría con un club de compras o un grupo de compras mejores precios por pertenecer a la red de los que se podrían conseguir individualmente.

Pues bien, estos supuestos observamos que no se cumplen en un 60% de las franquicias que hemos tenido ocasión de analizar como Asesoría cuando un franquiciado nos ha solicitado salir de una franquicia.

2. Observar sobrecostes en productos de proveedores recomendados.

Se ha observado en los casos analizados por nuestra Asesoría Legal que es una práctica habitual “obligar” a los franquiciados a adquirir productos de proveedores homologados por la franquicia ya desde un principio donde existen sobrecostes. Hemos observado desde la venta de hornos, neveras, terminales TPV, etc que se han pagado hasta un 50% más caros al realizar la compra a través de la Franquicia de lo que hubieran costado si de forma individual hubiéramos contactado con el proveedor y se hubiera solicitado el mismo producto.

El sobrecoste está expresamente prohibido para una Franquicia. Cualquier suministro que suponga un sobrecoste en el producto ocasionando únicamente beneficie al franquiciador hará que las condiciones del contrato de Franquicia con respecto a la exclusividad de compra a proveedores homologados quede totalmente invalidada según establece el Reglamento 330/2010 de la Comisión por cuanto existiría una abuso contractual.

3. Incorrecta gestión en obras e instalaciones

Es más habitual de lo que pudiera parecer que las franquicias subcontraten servicios de obras y reformas diferentes en función del tamaño de franquicia para cada población lo cual supone una pérdida total de control sobre la gestión de las obras y por tanto allí donde la Franquicia tiene menos medios de control se producen situaciones muy tensas como la apertura de locales incumpliendo normativas, instalaciones incorrectas o defectuosas, retrasos en las ejecuciones de obra, etc.

Si a todo esto le sumamos que cuando esto ocurre el Franquiciado acaba por averiguar que la obra le hubiera podido salir un 20% o 30% más económica si la hubiera realizado él ya tenemos el lío.

4. Servicio Post-Venta

Ya adelantábamos al iniciar el artículo que con todos los errores que pueden generarse al abrir un punto de venta o Franquicia, el Franquiciado suele estar en un momento dulce y eufórico que sin embargo, o le acompañan pronto los resultados o acaba por desinflarse a medio plazo. El servicio y apoyo desde la central franquiciadora será fundamental para garantizar la continuidad de nuestro franquiciado.

En la mayoría de casos que hemos gestionado el Franquiciado nos solicitaba poder salir de la franquicia en cuestión porque a pesar de sus demandas de ayuda y servicio la Franquicia no había estado a la altura y no había dado o había sabido ser ese punto de apoyo que espera un emprendedor.

Los problemas que hemos observado son desde la falta de suministro en tiempo y plazo, hasta errores en facturas donde se incorporan servicios o productos no suministrados, etc. En muchos casos se observa una mala praxis, que sin duda entendemos que no es malintencionada si no que se debe al propio descontrol de la franquicia que no es capaz de gestionar su crecimiento, sobre los servicios que se facturan la franquiciado.

5. Falta de adaptación a la población o zona

La falta de flexibilidad es otra de las razones de la que se suelen quejar los franquiciados, que se ven obligados a aplicar los mismos precios de venta en todos los puntos de venta cuando en algunos productos se podría aplicar un precio superior de venta y en otros sería necesario aplicar un precio menor.

En este caso el trabajo de la franquicia consiste en explicar las ventajas globales del negocio. El problema vendrá si la franquiciado no le acompañan los resultados ya que empezará a aplicar precios a su antojo desvirtuando las ofertas globales de la franquicia. ¿Tengo que cobrar lo mismo por un café en mi local situado en Paseo de Gracia de Barcelona que el que está en Sabadell?

El franquiciado ha de saber que también existe obligación de seguir las ofertas marcadas por la central franquiciadora. Ahora bien, se ha observado en diferentes franquicias que se lanzan ofertas confusas a los franquiciados con el objetivo de vender sus productos o servicios a gran escala y en la mayoría de casos ni tan sólo se han tenido en cuenta los costes que representa para el Franquiciado llegando en algunos casos incluso a vender los productos a pérdidas. Esto en particular nos lo hemos encontrado en muchos casos en hostelería donde se lanzan desde los departamentos de márketing productos combinados de bebida y desayuno donde el franquiciado no obtiene margen alguno lo cual evidentemente es otro error de los que comentábamos en el punto anterior.

6. Falta de recursos económicos y ocultación de costes

Sin duda uno de los puntos sobre los que comienza el problema con una franquicia. El emprendedor confía en una marca y un nombre que le promete beneficios con una inversión determinada. La realidad es que hay proyectos de franquicia que se anuncian hasta por un 40% menos de lo que realmente cuestan lo que ya de entrada acaba creando un problema financiero al futuro franquiciado porque donde antes necesitaba 100.000€ ahora necesita 140.000€. Si ahora además le sumamos que en los planes económicos se suelen olvidar los costes añadidos como impuestos, etc. nos podemos encontrar con una Franquiciado que esté ahogado antes de iniciar el proyecto con lo que la presión para que el proyecto arranque rápido con éxito y genere beneficios es mucho mayor. Esta tensión suele producir que el Franquiciado se ponga nervioso y empiece a introducir modificaciones en productos y servicios en su franquicia intentando agilizar su funcionamiento.

Evidentemente la práctica de ocultación por parte de la central franquiciadora de los costes reales y de un proyecto adecuado para el negocio pueden llevar a considerar el contrato de franquicia nulo y por tanto a rescindir el contrato para salir de la franquicia.

Hemos visto proyectos de franquicia donde no se toma en cuenta la Seguridad Social de los empleados o directamente se indica que se paga una parte de forma No oficial, o cómo nos indican los márgenes teniendo en cuenta el Precio de Venta Público con IVA incluido y los precios de compra SIN IVA lo cual evidentemente sobre el papel incrementa el margen bruto del negocio cuando en realidad estamos hablando de entre un 10%-21% menos.

O se omiten costes tan elevados como electricidad, etc.

7. Falta de interlocutor experto

Cada franquiciado suele contar con sus propios gestores o asesores fiscales y laborales ya sea por confianza, por cercanía, etc. Esto produce que a efectos prácticos un franquiciado no pueda comparar su tienda con otras de la enseña puesto que la sensación que tiene al pedir datos de otras tiendas es que siempre le facilitan los datos de las tiendas que funcionan bien mientras que las que son como la suya o incluso funcionan peor se suelen omitir.

Nuestra asesoría ya  trabaja con varias franquicias que de forma independientes recomiendan nuestros servicios a sus franquiciados para llevar la gestión y asesoría de sus tiendas puesto que esto les garantiza no sólo que la gestoría tenga un amplio conocimiento de la marca y la casuística concreta sino que además, de una forma totalmente anónima se le puedan dar comparativas con otras tiendas de la marca de forma independiente a la franquicia.

Las franquicias no suelen tener un equipo jurídico, fiscal o laboral a disposición de los franquiciados sabiendo que de forma muy especial la parte laboral supone un coste importantísimo para el franquiciado ya que los trabajadores son la punta de lanza de su marca. Muchas franquicias no dan importancia a la incidencia que suponen las bajas laborales, los robos, el absentismo, etc Muchos franquiciados que se dirigen a nosotros se encuentran desatendidos además de contar en muchos casos con informaciones poco ciertas e incluso en algunos casos fuera de ley aplicando convenios que no se corresponden con la actividad propia del franquiciador.

8. Pérdida de contacto con dirección

Aunque los primeros franquiciados suelen ser los más fieles puesto que los negocios normalmente han sido escogidos de forma más minuciosa, en lugares con más capacidad para generar beneficios, etc. se suele producir un desencanto cuando la Franquicia adquiere cierto tamaño.

Estos franquiciados, acostumbrados a llamar directamente a gerencia/dirección cuando tenían alguna consulta, duda o problema se encuentran con que al adquirir tamaño la empresa se introducen interlocutores para atender sus peticiones y la relación con dirección y por tanto la empatía con la marca se va perdiendo poco a poco.

9. Incumplimiento contractual

Evidentemente el incumplimiento contractual es una causa muy habitual para desvincularse de una franquicia. Nos encontramos desde incumplimiento de territorio, hasta segundas marcas, franquiciados que se hacen la competencia entre ellos por la cercanía de sus tiendas, franquicias que dicen ser fabricantes y no sólo no fabrican si no que distribuyen como haría un grupo de compras pero con sobrecostes, franquicias con testaferros al frente de las empresas, falta de suministro de productos, descenso de calidad en los productos, falta de seguimiento, falta de manual de instrucciones, etc.

10. No permitir el traspaso o cesión de la Franquicia

Cuando la franquicia pone problemas al traspaso del negocio o franquicia el franquiciado evidentemente intentará desvincularse de la franquicia porque necesita una salida adicional. Si la Franquicia le niega la posibilidad de traspaso evidentemente se irá de la Franquicia. Lo que más sorprende en muchos casos es que nos encontramos con emprendedores que han invertido hasta 100.000€ en una franquicia porque la Marca les había “invitado” a hacerlo por los supuestos beneficios y cuando el emprendedor decide que no es su sector, su negocio o simplemente lo que esperaba y quiere traspasar la propia franquicia no compra el negocio ni por 20.000€. ¿curioso verdad de un negocio que supuestamente funciona? En algunos casos incluso han “forzado” la salida de una franquiciado de la red porque la Franquicia disponía de otro candidato para montar otro local en la zona ( ¿recordamos el tema de los beneficios en las obras?).

Y muchos motivos más que no indicaremos por no extendernos.

A efectos prácticos desvincularse de una Franquicia es relativamente sencillo. El problema real que consideramos como Asesores expertos en Franquiciados, no es si es posible o no salir de una franquicia, si no que se valore de una forma tranquila, pausada y racional si realmente se estará mejor sin la marca y se podrán obtener los mismos clientes, mismos precios y los mismos productos. Valorar en caliente una decisión tan importante como salir de una franquicia no es una buena idea. Igual que no es buena idea montar una franquicia sin saber quién hay detrás de ella, cuál es su sistema productivo, de distribución, con qué equipo técnico trabaja, etc. Asesorarse bien antes de coger una franquicia es fundamental. Las prisas nunca serán buenas consejeras en la toma de decisiones.

Cuando se sabe que existen problemas similares en los Franquiciados suele ser útil especialmente en Franquicias de cierto tamaño, el montar una Asociación que pueda defender a nivel global todos sus derechos. El problema de estas Asociaciones es que normalmente se crean para crear un foco de discusión y controversia más que para crear sinergias y sumar con la Franquicia. Nuestro despacho puede participar como parte independiente entre Franquicia y Franquiciados formando parte de la Asociaciones de Franquiciados siendo no sólo parte activa sino también un socio imparcial que puede proporcionar objetividad tanto a los Franquiciados como a la Franquicia.

Nuestro departamento jurídico y legal está a disposición de cualquier consulta sobre contratos de franquicia, posibilidades que tiene un franquiciado a la hora de abandonar una franquicia y por supuesto, cómo ayudar a una franquicia a fidelizar a sus franquiciados.

Daniel Moreno Haro

CEO Asesoría Edac

CEO La Central del Negocio

Más información sobre el funcionamiento de las Franquicias en cuanto a la Exclusividad de compra a sus proveedores homologados se puede encontrar en: https://www.lacentraldelnegocio.com/contrato-franquicia-obligatorio-comprarlo-la-franquicia/



CONTRATACIÓN DE SERVICIOS:

Usted está contratando su inclusión en una demanda colectiva dirigida al Consorcio de Seguros. En concreto los servicios incluidos son:

– Revisión de contratos de Seguros de Comercio para valoración de la posibilidad de Reclamación ante la propia compañía de Seguros o en su defecto al Consorcio de Seguros algún tipo de indemnización debido al Cese Temporal del Negocio por covid19 o cualquier otro motivo incluido en el condicionado del contrato.

– Presentación de reclamación ante el Consorcio de Seguros.

– Adhesión a la posible Demanda Colectiva al Consorcio de Seguros exigiendo la inclusión del Covid19 como causa que motiva indemnización por Lucro Cesante.

CONTRATACIÓN ADICIONAL A PACTAR:

– Demanda al Consorcio de Seguros de Forma Colectiva*

RESULTADO INCIERTO:

Este despacho advierte del resultado incierto del procedimiento judicial iniciado al Consorcio, así como de la duración del mismo. En este sentido, queremos dejar constancia de que las explicaciones ofrecidas han sido suficientes y por tanto es usted como cliente quien asume el resultado incierto de este procedimiento.

Indicarle, que para el caso de NO prosperar el procedimiento, se procederá según lo dispuesto en el artículo 394 de la vigente Ley de Enjuiciamiento Civil. En este caso le informaremos de forma previa antes de iniciar cualquier procedimiento, de cualquier consecuencia que suponga o pueda suponer un coste para usted.

Por tanto, usted se está uniendo a una demanda colectiva y tanto su reclamación y/o importe a solicitar como indemnización será pactada entre usted y nuestro despacho de forma previa.

*COSTE PROCEDIMIENTO JUDICIAL:

El precio indicado como pago inicial de 150€+IVA incluye la inclusión en la demanda colectiva, la redacción de la demanda, la revisión de documentos y las reclamaciones previas a la demanda.

Para el caso de interponer una demanda de forma colectiva, debe saber que:

Para el supuesto de tener contratada póliza de seguros que incluya defensa jurídica, estos gastos podrán ser asumidos por la misma previa declaración de siniestro, por lo que inicialmente no se haría efectivo el pago, que solo procederá en el caso de que finalmente la cobertura no lo permitiera, en cuyo caso se procederá al pago de los honorarios según lo estipulado en le presente presupuesto en la forma estipulada en el mismo.

Para el caso de NO tener contratada póliza de seguros que incluya defensa jurídica, los honorarios de este despacho se abonarían según la presente escala:

Hasta 3000 € ________________ 300 + IVA

Hasta 10.000 € ______________ 400 + IVA

Hasta 30.000 € ______________ 500 + IVA

Hasta 60.000 € ______________ 600 + IVA

Superior a 60.001 €# a comentar

Importes inferiores a 3.000€ a comentar puesto que su inclusión den la demanda colectiva no tiene por qué conllevar aparejada una cantidad mínima de dinero queriendo por tanto únicamente unirse para reclamar un derecho futuro.

ASESORAMIENTO PERMANENTE E INFORMACIÓN:

La prestación del servicio supone la aceptación del presente presupuesto incluye el asesoramiento permanente, que Vd. puede recibir con carácter general, mediante el Boletín Informativo que periódicamente se la facilitará y que recoge todas las novedades relacionadas con los temas contratados por Vd.; o bien información de carácter particular mediante las consultas que Vd. efectúe y que serán atendidas por nuestros profesionales.

Así mismo, usted autoriza a que nuestra consultora, o cualquier empresa del grupo pueda incluir sus datos personales y de contacto dentro de sus bases de datos con fines comerciales y/o promocionales y a utilizar por tanto sus datos con dicho fin.

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ASESORIA EDAC – LCDN, SL tratará de modo confidencial los datos de carácter personal del cliente cumpliendo adecuadamente y en todo momento con lo dispuesto en el nuevo Reglamento (UE) 2016/679 de 27 de abril, de protección de datos de carácter personal y la libre circulación de los mismos, reflejado en la Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre de Protección de Datos Personales y Garantía de Derechos digitales. Los datos facilitados por el cliente. Serán tratados conforme a las exigencias legales en todo momento, y adoptarán las medidas de seguridad adecuadas que eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado. En cualquier momento, el cliente o sus representantes podrán ejercer su derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición con modificación, según lo previsto en el nuevo Reglamento (UE) 2016/679 de 27 de abril, de protección de datos de carácter personal y la libre circulación de los mismo o cualquier otra normativa aplicable al efecto, mediante correo electrónico a la dirección administracion@serviciosdac.com o por correo ordinario al domicilio social de ASESORIA EDAC – LCDN, SL (Calle Valencia 482 Local, 08013 Barcelona), o por cualquier otro medio que permita conocer la identidad de los clientes que ejerciten cualquiera de los anteriores derechos. ASESORIA EDAC – LCDN, SL se reserva el derecho de modificar su política de seguridad y protección de datos de manera discrecional, en cualquier momento y sin previo aviso, siempre ajustándose a la legislación española vigente en todo momento.