El IVA de los alimentos en España
Para explicar el IVA de los alimentos en España, en primer lugar hay que tener en cuenta que el IVA en nuestro país solo tiene validez en toda la península e Islas Baleares, ya que en las Islas Canarias se rigen por el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC)
Ante la gran afluencia de dudas y consultas que está recibiendo nuestra consultora en relación al IVA de los alimentos, realizamos el presente artículo en pro de intentar aclarar las dudas que pueden existir al respecto.
¿Qué Tipos de IVA existen en España?
Existen varios tipos de IVA en España, los cuales podemos dividir en las siguientes categorías:
- El impuesto general es el del 21%
- El IVA reducido es del 10%
- Luego tenemos el IVA superreducido, que es del 4%.
Para explicar el IVA de los alimentos en España, hablaremos sobre dos tipos de IVA:
- El IVA del 10%
- El IVA del 4%
Es decir, hablaremos del IVA reducido y el IVA superreducido, que son los dos tipos de IVA en los que tributa la alimentación.
Tipos de IVA en alimentos en España
Como decíamos, en nuestro país tenemos dos tipos de IVA en los alimentos:
IVA reducido
Es el que tributa al 10%. En este sentido, deben entenderse que:
- El IVA Reducido es el un tipo de IVA en la alimentación que se aplica como norma a la carne y pescado por ejemplo.
- El IVA de la comida conservada. En las conservas, tanto si son vegetales como animales, también se aplica un IVA del 10%.
- IVA de los restaurantes. En este caso se aplica también el 10% de IVA en los alimentos (preparados o pre-cocinados).
¿Se incluye el Abono animal dentro del IVA de la alimentación?
La normativa establece que aquellas sustancias o productos que por sus características puedan ser utilizados para la nutrición humana o animal, y de acuerdo con el Código Alimentario, estarán acogidas al 10% de IVA cualquiera que pueda ser su aplicación, componentes, preparación o estado de conservación.
Por su parte, aquellos productos utilizados en las actividades agrícolas, ganaderas o forestales como inputs agrarios como las semillas, fertilizantes, abonos, etc. también van a tributar al tipo reducido del 10%.
Por otro lado, si hablamos de las semillas, bulbos, esquejes y otros productos de origen exclusivamente vegetal que pueden ser utilizados en la obtención de plantas vivas, en estos casos también tributan al tipo reducido de IVA del 10%
IVA Superreducido, el IVA de los productos de primera necesidad
Cuando hablamos de productos de primera necesidad, nos referimos a productos esenciales como la leche, los huevos, las frutas, las verduras, el pan, los tubérculos o los cereales. En estos casos, el IVA de alimentación que se aplica es el superreducido del 4%. El resto de productos no englobados dentro de esta categoría, como la carne, el pescado o las setas boletus, por ejemplo, tendrán un tipo de IVA más elevado (el reducido). ¿El motivo? No se consideran alimentos esenciales o de primera necesidad.
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Asesoría Edac emite de forma permanente y constante notas aclaratorias sobre consultas que recibe de sus clientes. Sin embargo, las respuestas que establece son parciales por lo que es imprescindible tratar cualquier duda o consulta fiscal de forma ampliada para garantizar que las respuestas o notas emitidas se ajustan realmente a su caso concreto.
En Asesoría Edac disponemos de amplia experiencia trabajando con empresas y emprendedores del sector alimentación ya sea como distribuidores, a través de cadenas de restauración o a través de productores agrícolas. Nuestro equipo fiscal y laboral ayuda a empresas de alimentación y hostelería a impulsar sus negocios desde una perspectiva global.
Te pueden interesar las Novedades en el IVA de la agencia tributaria y por supuesto, si tiene alguna duda con respecto a cómo aplicar el IVA en su establecimiento o empresa no dude en consultar con nosotros. Estaremos encantados de atender sus consultas ya sean a nivel fiscal desde nuestra Asesoría o para el desarrollo de un negocio de alimentación a través de La Central del Negocio
Daniel Moreno Haro
Departamento Fiscal
Asesoría Edac – LCDN