¿Eres autónomo? Estos son los gastos que te desgravan - Servicios Edac
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¿Eres autónomo? Estos son los gastos que te desgravan

Se acerca final de año… ¿Cómo puedo pagar menos impuestos? Cuando llega final de año, todos los autónomos se preguntan lo mismo. ¿Cómo hago para pagar menos en mi declaración de la renta? ¿Qué puedo deducirme o desgravarme?

En el presente artículos, hemos recogido algunos de los métodos más sencillos y habituales. Recordemos que en un autónomo impera la lógica y por tanto, está exento de ingeniería contable. Si usted cree que un gasto no es deducible, probablemente no lo sea… para todo lo demás, Asesoría Edac es su asesoría fiscal en Barcelona de confianza.

Deducciones actividad económica

Sí es posible deducir todos los gastos relativos o previos al inicio de la actividad, incluso, sin haber tramitado el alta de Hacienda. Aunque debe efectuarse en unas determinadas condiciones, no debería suponer ningún problema. También pueden ser susceptibles de deducción algunos de los gastos del domicilio habitual, si es ahí donde radica un posible despacho.

Al llegar estas fechas es importante reunirse con nuestros asesores. Ellos nos ayudarán a la hora decidir acerca de la posibilidad de iniciar la actividad mediante una empresa, si nuestros beneficios son superiores a los 50.000€. En otro caso, si estamos en una actividad sujeta a módulos, deberemos revisar que nuestra actividad no supere los límites establecidos por AEAT y evitar así que nos deriven a la estimación directa.

Antes de iniciar la actividad, es conveniente revisar si es posible capitalizar el paro, o acogerse a la reducción de la cuota de autónomos, entre otras cuestiones.

Deducciones en la declaración de renta

Un plan de pensiones privado y sus aportaciones reducen la base imponible general del impuesto. En este caso, existen unas limitaciones muy claras y definidas.

Otra opción sería hacer un seguro de salud, donde la base imponible puede reducirse hasta en 4.500€.

Otras deducciones

Sin duda, las deducciones para empresas son las más sustanciosas. Cuando llega final de año, muchos de nuestros clientes valoran la posibilidad de iniciar proyectos de I+D, (inversiones, reinversión de beneficios…). ¿La razón? Es el momento de empezar a gastar dinero y recursos. En este sentido, cualquier ahorro es bienvenido: desde la contratación de personal en función de su ahorro fiscal, hasta el gasto en medios tecnológicos, etc.

Aunque hay muchas más fórmulas de ahorro de impuestos, en esta pequeña nota hemos querido destacar las más comunes y consultadas entre nuestros clientes. Cualquier duda o aclaración sobre cómo planificar el cierre del año para pagar menos impuestos, merece ser atendida personalmente por nuestro equipo de profesionales. La casuística de cada cliente impide dar información general válida. En Servicios Edac personalizamos al máximo las consultas de cada uno de nuestros clientes, para lograr su máxima satisfacción. Quedamos a su disposición en nuestras instalaciones de asesoría Barcelona.



CONTRATACIÓN DE SERVICIOS:

Usted está contratando su inclusión en una demanda colectiva dirigida al Consorcio de Seguros. En concreto los servicios incluidos son:

– Revisión de contratos de Seguros de Comercio para valoración de la posibilidad de Reclamación ante la propia compañía de Seguros o en su defecto al Consorcio de Seguros algún tipo de indemnización debido al Cese Temporal del Negocio por covid19 o cualquier otro motivo incluido en el condicionado del contrato.

– Presentación de reclamación ante el Consorcio de Seguros.

– Adhesión a la posible Demanda Colectiva al Consorcio de Seguros exigiendo la inclusión del Covid19 como causa que motiva indemnización por Lucro Cesante.

CONTRATACIÓN ADICIONAL A PACTAR:

– Demanda al Consorcio de Seguros de Forma Colectiva*

RESULTADO INCIERTO:

Este despacho advierte del resultado incierto del procedimiento judicial iniciado al Consorcio, así como de la duración del mismo. En este sentido, queremos dejar constancia de que las explicaciones ofrecidas han sido suficientes y por tanto es usted como cliente quien asume el resultado incierto de este procedimiento.

Indicarle, que para el caso de NO prosperar el procedimiento, se procederá según lo dispuesto en el artículo 394 de la vigente Ley de Enjuiciamiento Civil. En este caso le informaremos de forma previa antes de iniciar cualquier procedimiento, de cualquier consecuencia que suponga o pueda suponer un coste para usted.

Por tanto, usted se está uniendo a una demanda colectiva y tanto su reclamación y/o importe a solicitar como indemnización será pactada entre usted y nuestro despacho de forma previa.

*COSTE PROCEDIMIENTO JUDICIAL:

El precio indicado como pago inicial de 150€+IVA incluye la inclusión en la demanda colectiva, la redacción de la demanda, la revisión de documentos y las reclamaciones previas a la demanda.

Para el caso de interponer una demanda de forma colectiva, debe saber que:

Para el supuesto de tener contratada póliza de seguros que incluya defensa jurídica, estos gastos podrán ser asumidos por la misma previa declaración de siniestro, por lo que inicialmente no se haría efectivo el pago, que solo procederá en el caso de que finalmente la cobertura no lo permitiera, en cuyo caso se procederá al pago de los honorarios según lo estipulado en le presente presupuesto en la forma estipulada en el mismo.

Para el caso de NO tener contratada póliza de seguros que incluya defensa jurídica, los honorarios de este despacho se abonarían según la presente escala:

Hasta 3000 € ________________ 300 + IVA

Hasta 10.000 € ______________ 400 + IVA

Hasta 30.000 € ______________ 500 + IVA

Hasta 60.000 € ______________ 600 + IVA

Superior a 60.001 €# a comentar

Importes inferiores a 3.000€ a comentar puesto que su inclusión den la demanda colectiva no tiene por qué conllevar aparejada una cantidad mínima de dinero queriendo por tanto únicamente unirse para reclamar un derecho futuro.

ASESORAMIENTO PERMANENTE E INFORMACIÓN:

La prestación del servicio supone la aceptación del presente presupuesto incluye el asesoramiento permanente, que Vd. puede recibir con carácter general, mediante el Boletín Informativo que periódicamente se la facilitará y que recoge todas las novedades relacionadas con los temas contratados por Vd.; o bien información de carácter particular mediante las consultas que Vd. efectúe y que serán atendidas por nuestros profesionales.

Así mismo, usted autoriza a que nuestra consultora, o cualquier empresa del grupo pueda incluir sus datos personales y de contacto dentro de sus bases de datos con fines comerciales y/o promocionales y a utilizar por tanto sus datos con dicho fin.

POLÍTICA DE CONTRATACIÓN DE PROTECCIÓN DE DATOS:

ASESORIA EDAC – LCDN, SL tratará de modo confidencial los datos de carácter personal del cliente cumpliendo adecuadamente y en todo momento con lo dispuesto en el nuevo Reglamento (UE) 2016/679 de 27 de abril, de protección de datos de carácter personal y la libre circulación de los mismos, reflejado en la Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre de Protección de Datos Personales y Garantía de Derechos digitales. Los datos facilitados por el cliente. Serán tratados conforme a las exigencias legales en todo momento, y adoptarán las medidas de seguridad adecuadas que eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado. En cualquier momento, el cliente o sus representantes podrán ejercer su derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición con modificación, según lo previsto en el nuevo Reglamento (UE) 2016/679 de 27 de abril, de protección de datos de carácter personal y la libre circulación de los mismo o cualquier otra normativa aplicable al efecto, mediante correo electrónico a la dirección administracion@serviciosdac.com o por correo ordinario al domicilio social de ASESORIA EDAC – LCDN, SL (Calle Valencia 482 Local, 08013 Barcelona), o por cualquier otro medio que permita conocer la identidad de los clientes que ejerciten cualquiera de los anteriores derechos. ASESORIA EDAC – LCDN, SL se reserva el derecho de modificar su política de seguridad y protección de datos de manera discrecional, en cualquier momento y sin previo aviso, siempre ajustándose a la legislación española vigente en todo momento.