“Golden Visa” o cómo residir en España. Requisitos.
La llamada “Golden Visa” viene derivada de la Ley 14/2013 de 27 de Septiembre de apoyo a los emprendedores y su internacionalización. Mediante esta Ley se pretende favorecer a determinados colectivos de empresarios y profesionales No Residentes a canalizar sus inversiones hacia España obteniendo así en contra prestación el visado de residencia a cambio.
¿Qué tipo de inversiones entran dentro de esta medida?
Pues algo al alcance de casi todas las personas y fácil de cumplir. ¿O no?
Explicamos las inversiones que pueden ser objeto de la “Golden Visa” y por tanto del permiso de Residencia:
- Proyecto empresarial de interés general. Y dentro de este apartado hay varias fórmulas diferentes que por su complejidad evitamos introducir en el presente artículo. Hay posibilidades relativamente económicas para conseguir el permiso de trabajo, que no la residencia, en este apartado.
- La adquisición de un único inmueble o varios con un valor al menos superior a quinientos mil euros ( 500.000€ )
- Invertir en deuda pública española un mínimo de 2 Millones de Euros, un mínimo de 1 Millón de Euros en empresas españolas mediante la compra de acciones o realizar un depósito bancario de al menos el mismo importe.
Y ¿para obtener la residencia en España qué se necesita?
Pues como pasa casi siempre, la normativa es algo ajena a la realidad global de los No Residentes. Por tanto, para obtener autorización a la residencia en España es necesario a modo de resumen:
- No encontrarse irregularmente en territorio español.
- Ser mayor de 18 años.
- Carecer de antecedentes penales durante los últimos cinco años.
- No figurar como rechazable en países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
- Contar con un seguro público o privado de enfermedad concertado con una Entidad autorizada para operar en España.
- Contar con recursos económicos suficientes.
- Abonar la tasa por tramitación de la autorización o visado.
Por tanto, vemos que ya de entrada obtener la “Golden Visa” exige como mínimos unos ciertos conocimientos por cuanto en muchos casos las personas o empresas No residentes que quieren acceder a estas medidas ya se encuentran en territorio Español, por ejemplo.
¿Debe hacerse siempre la inversión como persona física?
No, la medida contempla y extiende esa posibilidad también a la realización de la inversión por parte de una persona jurídica siempre y cuando no se sitúe esta última en un paraíso fiscal.
Nuestro departamento de Extranjería no sólo ayuda a canalizar los permisos de trabajo y residencia. También ayuda a realizar con garantías las inversiones de personas y empresas No Residentes con la finalidad de cumplir desde el primer día todos los requisitos exigibles en materia de Extranjería Española.
Nuestra Asesoría, especializada tanto en inversión extranjera como nacional puede ayudarles a la tramitación de la “Golden Visa” para poder residir legalmente en España así como en los permisos de trabajo para los emprendedores sin tantos recursos económicos.
Ani Khachatryan
Dept. Extranjería
Asesoría Edac – La Central del Negocio
Más información: info@serviciosdac.com