Guía completa sobre cómo cerrar una Sociedad Limitada en España - Servicios Edac
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Guía completa sobre cómo cerrar una Sociedad Limitada en España

Guía completa sobre cómo cerrar una Sociedad Limitada en España

 

  1. Introducción

Cerrar una Sociedad Limitada (SL) en España es un proceso que requiere una planificación cuidadosa y cumplir con ciertos pasos legales y fiscales. Una SL, o Sociedad de Responsabilidad Limitada, es una forma jurídica comúnmente utilizada en España por pequeños y medianos empresarios, debido a la protección patrimonial que ofrece y la flexibilidad en la gestión de socios. Sin embargo, en determinadas circunstancias, los propietarios de la empresa pueden decidir que el mejor paso es cerrar la sociedad de forma definitiva.

Motivos para cerrar una Sociedad Limitada

Existen diversas razones por las que los socios pueden querer disolver una SL, entre las cuales destacan:

  • Baja rentabilidad o pérdidas continuas: Cuando la empresa no logra obtener beneficios suficientes y se convierte en una carga económica, los socios pueden optar por cerrarla.
  • Cambios en el mercado: Las transformaciones en el sector o en las condiciones económicas generales pueden hacer que la actividad de la SL deje de ser viable.
  • Conflictos entre socios: Las discrepancias entre los socios sobre la dirección o gestión de la empresa, si no pueden resolverse, pueden llevar a la disolución de la sociedad.
  • Falta de actividad: A veces, una SL queda inactiva durante largos periodos. Mantener una empresa inactiva implica costes y obligaciones legales, por lo que algunos socios deciden cerrarla.
  • Necesidad de liquidez: Los socios pueden necesitar recuperar el capital invertido en la empresa, especialmente si no se esperan grandes beneficios futuros.

Importancia de seguir el proceso de cierre adecuadamente

Es fundamental que los socios comprendan que cerrar una Sociedad Limitada no es simplemente cesar la actividad. Es un proceso legal que incluye varias fases: la disolución, la liquidación y la extinción de la sociedad. Cada fase implica obligaciones legales y fiscales, y el incumplimiento de alguna de ellas puede tener repercusiones negativas para los socios. Estas consecuencias pueden ir desde sanciones administrativas hasta responsabilidades personales en caso de deudas no liquidadas o trámites incompletos.

Además, cumplir correctamente con este proceso permite a los socios evitar problemas futuros y les da la tranquilidad de que la SL ha sido dada de baja de manera formal. Así, se asegura que no queden obligaciones fiscales pendientes, y se evita que la empresa pueda ser utilizada de manera inapropiada en el futuro.

En esta guía, exploraremos cada paso necesario para cerrar una Sociedad Limitada en España, desde la fase de disolución hasta la extinción, asegurando que el proceso sea lo más claro y directo posible.

 

  1. ¿Qué implica cerrar una Sociedad Limitada?

Cerrar una Sociedad Limitada en España va más allá de detener las operaciones comerciales de la empresa. El proceso de cierre implica disolver, liquidar y extinguir la sociedad, términos que es importante entender bien ya que cada uno conlleva obligaciones y procedimientos específicos. En este punto, explicaremos qué significa cada uno de estos conceptos y qué diferencia existe entre cerrar una sociedad y simplemente cesar la actividad.

Disolución, liquidación y extinción de una Sociedad Limitada

Cerrar una SL de forma completa y legalmente válida en España incluye las siguientes fases:

  1. Disolución: Este es el primer paso formal para cerrar una SL. En la fase de disolución, los socios deciden en una junta general que la sociedad debe dejar de operar. Esto implica aprobar el acuerdo de disolución y nombrar uno o varios liquidadores que se encargarán de gestionar el proceso. Tras la disolución, la sociedad ya no puede realizar nuevas operaciones comerciales, aunque sigue existiendo legalmente hasta completar el proceso de liquidación y extinción.
  2. Liquidación: Una vez disuelta, la sociedad entra en la fase de liquidación. En esta etapa, los liquidadores son responsables de cerrar las cuentas de la empresa, vender los activos, pagar las deudas, y distribuir los activos restantes (si los hay) entre los socios. Este proceso puede variar en duración y complejidad, dependiendo de los activos y pasivos que tenga la sociedad. La liquidación asegura que no quedan deudas pendientes y que los socios pueden recuperar el capital que queda después de liquidar todas las obligaciones.
  3. Extinción: La última fase es la extinción, que implica la desaparición legal de la Sociedad Limitada. Una vez completada la liquidación, el liquidador presenta en el Registro Mercantil una escritura pública de extinción de la sociedad. Con esta inscripción, la SL deja de existir legalmente y ya no tiene obligaciones fiscales ni comerciales. La extinción completa el cierre definitivo de la sociedad.

Diferencia entre el cierre de una SL y el cese de actividad

Es importante distinguir entre el cierre de una Sociedad Limitada y el cese de actividad. Mientras que el cierre implica seguir todas las fases de disolución, liquidación y extinción para desaparecer legalmente, el cese de actividad solo supone detener temporal o indefinidamente las operaciones comerciales sin disolver la sociedad. Una SL inactiva sigue existiendo a efectos legales, y los socios deben seguir cumpliendo con ciertas obligaciones fiscales y mercantiles, como la presentación del impuesto de sociedades y el mantenimiento de libros contables.

¿Por qué no es recomendable simplemente cesar la actividad? Mantener una SL inactiva puede ser una opción para quienes planean retomar la actividad en el futuro, pero trae ciertos costes y obligaciones, como las tasas anuales del Registro Mercantil, la presentación de impuestos y la contabilidad, aun si la empresa no tiene ingresos. Esto puede ser una carga económica y administrativa, y a menudo es más eficiente disolver la sociedad si no se espera volver a usarla.

Por estas razones, comprender el alcance de cerrar una Sociedad Limitada ayuda a tomar decisiones informadas y cumplir con todos los requisitos para evitar problemas legales o fiscales en el futuro.

 

  1. Requisitos previos para la disolución de una SL

Antes de iniciar el proceso de disolución de una Sociedad Limitada (SL) en España, es importante que los socios cumplan con ciertos requisitos y revisen el estado general de la empresa. Asegurarse de que la SL esté en una posición adecuada para disolverse facilita el proceso de liquidación y evita problemas legales y fiscales posteriores. En este apartado se detallan los principales requisitos previos necesarios para disolver una SL en España de forma efectiva.

  1. Revisar el estado contable y fiscal de la empresa

Es fundamental que la empresa esté al día en cuanto a su contabilidad y obligaciones fiscales antes de iniciar el proceso de disolución. Esto incluye:

  • Estados financieros actualizados: Asegurarse de que los balances, cuentas anuales y registros contables estén actualizados hasta la fecha de la disolución.
  • Cuentas claras: Revisar que los libros de contabilidad no tengan irregularidades, y que todos los ingresos y gastos estén debidamente documentados. Esto facilita el trabajo de los liquidadores y garantiza una liquidación transparente.
  • Inventario de activos y pasivos: Tener un inventario actualizado de los activos (bienes, derechos, propiedades) y pasivos (deudas y obligaciones) de la empresa. Este inventario es crucial para llevar a cabo la liquidación y permite saber exactamente qué bienes se pueden vender para saldar deudas.
  1. Cumplir con las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social

Antes de disolver una SL, es necesario que la empresa esté al corriente de pago con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social. Las deudas pendientes pueden complicar el proceso de disolución y hacer que los socios tengan que responder personalmente si no se gestionan adecuadamente. Las principales obligaciones a revisar incluyen:

  • Impuestos al día: Asegurarse de que la sociedad ha cumplido con la presentación de impuestos (IVA, impuesto de sociedades, retenciones de IRPF, etc.). Además, es importante no tener deudas tributarias pendientes con la Agencia Tributaria.
  • Obligaciones con la Seguridad Social: Verificar que no existan deudas pendientes con la Seguridad Social, especialmente si la empresa ha tenido empleados. En caso de tener obligaciones pendientes, estas deberán ser saldadas antes de la disolución.
  1. Acuerdo de disolución entre los socios

La disolución de una SL debe aprobarse en una Junta General de Socios, donde se debatirá y votará el acuerdo de disolución. Algunos puntos importantes a tener en cuenta en esta etapa son:

  • Convocatoria de la junta: Todos los socios deben ser convocados a una junta general para discutir la disolución. La convocatoria debe realizarse conforme a lo que indiquen los estatutos de la sociedad y la Ley de Sociedades de Capital.
  • Quórum y votación: Para aprobar la disolución, se necesita una mayoría de votos según lo estipulado en los estatutos de la sociedad o en la legislación vigente. En la mayoría de los casos, se requiere el voto favorable de al menos dos tercios del capital social.
  • Acta de disolución: Si se aprueba la disolución, se debe levantar un acta que recoja el acuerdo de disolución y el nombramiento de uno o varios liquidadores, que se encargarán de gestionar la fase de liquidación de la SL.
  1. Nombramiento de un liquidador

El liquidador o liquidadores tienen un rol clave en el proceso de cierre de la SL, ya que serán responsables de gestionar la liquidación de los activos y el pago de las deudas. Algunos aspectos importantes sobre el nombramiento de los liquidadores son:

  • Quién puede ser liquidador: En la mayoría de los casos, uno o varios de los socios se nombran como liquidadores, aunque también es posible nombrar a un tercero (un abogado o asesor fiscal, por ejemplo) si los socios lo consideran necesario.
  • Funciones del liquidador: Los liquidadores asumen la responsabilidad de cerrar las cuentas de la sociedad, vender los activos, pagar las deudas y preparar el balance final de liquidación.
  • Requisitos legales: El nombramiento de los liquidadores debe formalizarse en escritura pública y, posteriormente, inscribirse en el Registro Mercantil.
  1. Otros requisitos y recomendaciones previas

Algunos puntos adicionales que pueden facilitar la disolución de la sociedad son:

  • Documentación organizada: Mantener toda la documentación contable, fiscal y mercantil de la sociedad organizada y actualizada es fundamental. Esto incluye los estatutos de la sociedad, libros contables, actas de juntas anteriores y cualquier otro documento relevante.
  • Consulta con un asesor legal o fiscal: Dada la complejidad del proceso, es recomendable contar con el asesoramiento de un profesional (abogado o asesor fiscal) para asegurar que el proceso se realice de acuerdo con la ley y que no se dejen de lado detalles importantes que puedan generar problemas a futuro.

 

  1. Procedimiento paso a paso para cerrar una SL

Cerrar una Sociedad Limitada (SL) en España implica llevar a cabo un proceso formal dividido en tres fases: disolución, liquidación y extinción. Este procedimiento debe seguirse en orden para asegurar que la sociedad se cierre correctamente y que los socios cumplan con todas sus obligaciones legales y fiscales. A continuación, explicamos cada paso de manera detallada.

 

4.1. Disolución de la Sociedad Limitada

La disolución es el primer paso para cerrar una SL y representa la decisión formal de que la sociedad va a dejar de operar. La disolución no supone el cierre inmediato, sino el inicio del proceso de liquidación. Los pasos clave para disolver una SL son:

  1. a) Acuerdo de disolución en la Junta General de Socios:

– La disolución debe aprobarse en una Junta General de Socios, convocada específicamente para este fin.

– En esta junta, los socios deben debatir y votar la disolución de la sociedad. Según la normativa vigente, se necesita una mayoría cualificada, generalmente dos tercios del capital social, para aprobar la disolución.

– Una vez aprobado el acuerdo, debe levantarse un acta que recoja el acuerdo de disolución y el nombramiento de uno o varios liquidadores.

  1. b) Redacción y firma de la escritura pública de disolución:

– El acuerdo de disolución debe elevarse a escritura pública ante notario.

– En esta escritura se hace constar el acuerdo de disolución, la causa de la misma (como falta de actividad, pérdidas continuas, decisión unánime de los socios, etc.), y el nombramiento de los liquidadores.

– La escritura pública debe incluir también un balance de disolución, que representa la situación patrimonial de la sociedad en el momento de la disolución.

  1. c) Inscripción de la disolución en el Registro Mercantil:

– La escritura pública de disolución debe inscribirse en el Registro Mercantil correspondiente.

– Tras la inscripción, la sociedad adquiere el estado de “en liquidación” y ya no puede realizar nuevas actividades comerciales, aunque mantiene su personalidad jurídica durante el proceso de liquidación.

 

4.2. Liquidación de la Sociedad Limitada

Una vez disuelta, la SL entra en fase de liquidación. Durante esta etapa, el liquidador o liquidadores deben gestionar el patrimonio de la sociedad para pagar las deudas, vender los activos y repartir los beneficios (si los hubiera) entre los socios. Los pasos a seguir son:

  1. a) Funciones del liquidador:

– Los liquidadores asumen la administración de la sociedad, sustituyendo a los administradores.

– Deben preparar un inventario de los activos y pasivos de la sociedad y realizar un balance de liquidación, donde se refleje el valor de los activos y las deudas.

– A partir de este momento, el liquidador tiene la responsabilidad de llevar a cabo las operaciones necesarias para finalizar las cuentas de la sociedad.

  1. b) Venta de activos y pago de deudas:

– El liquidador se encarga de vender los activos de la empresa, como bienes inmuebles, maquinarias, existencias, etc., con el fin de obtener fondos para pagar las deudas.

– Las deudas de la sociedad deben liquidarse en el siguiente orden de prioridad: obligaciones fiscales, deudas laborales y deudas comerciales.

– Si los activos no son suficientes para cubrir las deudas, es posible que la sociedad entre en un proceso concursal para liquidar la deuda a través de la venta de los activos restantes.

  1. c) Distribución de los bienes entre los socios:

Una vez pagadas todas las deudas, si queda algún activo, el liquidador distribuye los bienes restantes entre los socios de acuerdo con su participación en el capital social.

Es importante que este reparto quede registrado en un acta, ya que puede ser necesario para la presentación fiscal de cada socio.

  1. d) Balance final de liquidación:

– Una vez concluidas las operaciones de liquidación, el liquidador debe elaborar un balance final de liquidación, que refleja la situación patrimonial final de la sociedad.

– Este balance debe ser aprobado por la Junta General de Socios y debe quedar registrado en el acta final de liquidación.

 

4.3. Extinción de la Sociedad Limitada

La última fase del proceso de cierre es la extinción de la SL, que implica la desaparición legal de la sociedad. En esta etapa, la SL pierde definitivamente su personalidad jurídica y queda exenta de obligaciones fiscales y comerciales. Los pasos específicos son:

  1. Escritura pública de extinción:

– Una vez aprobado el balance final de liquidación, el liquidador debe acudir al notario para otorgar la escritura pública de extinción de la sociedad.

– Esta escritura incluye el balance final y la declaración de que todas las operaciones de liquidación han sido completadas y que no existen deudas pendientes.

  1. Inscripción de la extinción en el Registro Mercantil:

– La escritura pública de extinción debe inscribirse en el Registro Mercantil.

– Con esta inscripción, la sociedad queda oficialmente extinguida y deja de existir legalmente.

  1. Comunicación a la Agencia Tributaria y a la Seguridad Social:

– El liquidador debe informar a la Agencia Tributaria y a la Seguridad Social sobre la extinción de la SL para darla de baja en el censo de empresarios y cumplir con cualquier obligación fiscal final.

– La SL también debe presentar una última declaración de impuestos, como el impuesto de sociedades final, para cerrar definitivamente sus cuentas fiscales.

 

Completar adecuadamente cada una de estas fases asegura que el cierre de la SL se realice conforme a la ley, evitando futuras responsabilidades legales para los socios. Cumplir con estos pasos y contar con un asesor que supervise el proceso puede facilitar la disolución, liquidación y extinción de la sociedad de manera eficiente y sin contratiempos.

 

  1. Obligaciones fiscales y tributarias al cerrar una SL

Cerrar una Sociedad Limitada (SL) en España implica cumplir con una serie de obligaciones fiscales y tributarias. A lo largo del proceso de disolución y liquidación, es fundamental que la SL cumpla con sus deberes fiscales para evitar sanciones o problemas legales. En esta sección, abordamos las principales obligaciones tributarias y los pasos necesarios para asegurar que la sociedad quede al corriente con Hacienda y la Seguridad Social antes de su extinción.

 

  1. Declaración del Impuesto sobre Sociedades final

Una de las principales obligaciones fiscales es presentar la última declaración del Impuesto sobre Sociedades. Esta declaración final debe incluir toda la actividad de la SL hasta la fecha de disolución y reflejar el resultado de la liquidación.

  • Base imponible: El Impuesto sobre Sociedades se calcula sobre la base imponible, que es el resultado fiscal de la sociedad. Este resultado incluye los ingresos obtenidos hasta el cierre y los posibles beneficios generados por la venta de activos durante la liquidación.
  • Plazo de presentación: La declaración final debe presentarse en el plazo habitual (seis meses después del cierre del ejercicio) o antes de completar la fase de extinción.
  • Deducciones y ajustes: El liquidador debe incluir en la declaración final las posibles deducciones o ajustes fiscales que correspondan a la actividad de la SL. Esto puede incluir compensaciones por pérdidas de ejercicios anteriores, deducciones por inversión o incentivos fiscales.
  1. Declaración de IVA y otros impuestos indirectos

Durante la liquidación, la SL también debe presentar la última declaración de IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido) si estaba sujeta a este impuesto. Además, es importante revisar si la sociedad está obligada a presentar otros impuestos indirectos.

  • Última declaración de IVA: La sociedad debe declarar y liquidar el IVA correspondiente a las operaciones realizadas hasta el cese de su actividad. Esto incluye la venta de activos durante la liquidación.
  • Operaciones no habituales: La venta de activos (como maquinaria, inmuebles o vehículos) durante la liquidación puede estar sujeta a IVA. En estos casos, el liquidador debe emitir las facturas correspondientes y declarar el IVA en el periodo adecuado.
  • Otros impuestos: Si la SL está sujeta a otros impuestos (por ejemplo, el Impuesto sobre Actividades Económicas o IAE), también deberá darles de baja o liquidarlos en su declaración final.
  1. Liquidación de deudas fiscales y obligaciones pendientes

Para evitar que los socios sean responsables personalmente de las deudas de la sociedad, es fundamental que la SL esté al día en sus pagos fiscales y no tenga obligaciones pendientes con la Agencia Tributaria ni la Seguridad Social.

  • Regularización de deudas: El liquidador debe asegurarse de que la SL ha pagado todas las deudas pendientes, incluidos los pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades, el IVA, las retenciones de IRPF de trabajadores y profesionales, y cualquier otra deuda fiscal.
  • Certificados de estar al corriente: Para formalizar la extinción, la SL debe estar al corriente de pago con Hacienda y la Seguridad Social. El liquidador puede solicitar certificados que acrediten que no hay deudas pendientes, lo que facilita la inscripción de la extinción en el Registro Mercantil.
  1. Baja en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores

Una vez finalizadas las obligaciones fiscales y antes de la extinción de la SL, es necesario dar de baja a la sociedad en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Tributaria.

  • Modelo 036: Para solicitar la baja en el censo, se debe presentar el Modelo 036, indicando la fecha de disolución y extinción de la sociedad. Este modelo es también útil para notificar a Hacienda sobre el cese de actividad y la cancelación de obligaciones tributarias periódicas.
  • Declaraciones informativas: La SL también debe cumplir con cualquier declaración informativa que esté pendiente, como el Modelo 347 (operaciones con terceros superiores a 3.005,06 euros) o el Modelo 349 (declaración de operaciones intracomunitarias), en caso de que sea aplicable.
  1. Comunicaciones a la Seguridad Social

Si la SL ha tenido empleados, es importante gestionar correctamente la baja de la empresa en la Seguridad Social y saldar cualquier obligación laboral pendiente antes de la extinción.

  • Baja de trabajadores y de la sociedad: Antes de la disolución, la SL debe dar de baja a todos sus trabajadores en la Seguridad Social. Esto implica realizar las liquidaciones y los finiquitos correspondientes, y comunicar la baja a través del Sistema Red.
  • Cotizaciones pendientes: La sociedad debe asegurarse de que todas las cotizaciones a la Seguridad Social están al día. Cualquier deuda en este sentido debe ser saldada antes de completar el proceso de disolución y extinción.
  • Cierre de cuentas de cotización: La SL también debe solicitar la baja de sus cuentas de cotización en la Seguridad Social, una vez que no queden empleados en la empresa.
  1. Informe de las operaciones de liquidación

Para finalizar el proceso y cumplir con todas las obligaciones fiscales, el liquidador debe elaborar un informe de las operaciones de liquidación, que incluya:

  • Detalle de la liquidación de activos y pasivos: Este informe debe reflejar todas las transacciones realizadas durante la liquidación, incluyendo la venta de activos y el pago de deudas.
  • Balance final de liquidación: El balance debe mostrar la situación económica de la sociedad tras completar el pago de las deudas y la distribución de los activos restantes, si los hay, entre los socios.
  • Justificación de pagos fiscales: Incluir en el informe las declaraciones fiscales presentadas y los certificados de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social.

 

Cumplir con todas estas obligaciones fiscales garantiza que el cierre de la SL se realice de forma correcta y conforme a la ley. Este proceso evita problemas futuros y permite a los socios cerrar la sociedad con la tranquilidad de que no quedarán responsabilidades fiscales pendientes. Contar con la ayuda de un asesor fiscal especializado en la disolución de sociedades puede ser muy útil para asegurar que todos los pasos se cumplan correctamente.

 

  1. Consecuencias de la extinción de una Sociedad Limitada

Una vez completada la extinción de una Sociedad Limitada (SL) en España, la sociedad deja de existir como entidad legal y desaparecen sus obligaciones fiscales, contables y administrativas. Sin embargo, es importante entender las posibles consecuencias y responsabilidades que pueden recaer sobre los socios o los administradores de la SL en ciertos casos. En esta sección, analizaremos las principales implicaciones que puede tener la extinción de una sociedad para quienes han participado en su gestión.

 

  1. Responsabilidad de los socios tras la extinción de la sociedad

Una de las ventajas de la Sociedad Limitada es que los socios tienen una responsabilidad limitada al capital aportado, lo que significa que no son responsables personalmente de las deudas de la sociedad. Sin embargo, existen algunas excepciones en las que los socios pueden llegar a ser responsables:

  • Responsabilidad por deudas fiscales: En algunos casos, Hacienda puede reclamar a los socios el pago de deudas fiscales si se demuestra que se ha actuado con fraude, ocultación de activos o con el objetivo de eludir las obligaciones fiscales de la sociedad.
  • Distribución indebida de activos: Si los socios han recibido una distribución de activos antes de saldar todas las deudas de la sociedad, podrían ser requeridos para devolver esos fondos para cubrir las obligaciones pendientes.
  • Prescripción de responsabilidades: En general, la responsabilidad de los socios frente a deudas o irregularidades desaparece tras la extinción de la SL, pero la Agencia Tributaria tiene un plazo de hasta cuatro años para revisar la situación fiscal de la sociedad y reclamar posibles deudas pendientes.
  1. Responsabilidad de los administradores y liquidadores

Los administradores y los liquidadores tienen ciertas responsabilidades adicionales tras la extinción de la sociedad, ya que son los encargados de gestionar el proceso de liquidación y extinción de manera correcta y conforme a la ley. Sus responsabilidades pueden incluir:

  • Responsabilidad por deudas impagadas: Si los administradores o liquidadores no han cumplido con sus obligaciones legales de liquidar y extinguir la sociedad correctamente, podrían llegar a ser responsables personalmente de las deudas de la sociedad. Esto ocurre, por ejemplo, si se detecta que han ocultado activos, omitido pagos a acreedores o actuado de forma negligente.
  • Responsabilidad por incumplimientos en el proceso de disolución: Los liquidadores deben cumplir con todas las formalidades y obligaciones de la liquidación. Si omiten algún paso importante, como el pago de deudas o la correcta distribución de los activos, podrían enfrentar sanciones o responsabilidades personales.
  • Plazo de responsabilidad: Las responsabilidades de los administradores y liquidadores no desaparecen con la extinción de la sociedad. Según la Ley de Sociedades de Capital, pueden exigirse responsabilidades por hasta cuatro años después de la extinción de la SL, aunque en algunos casos este plazo puede extenderse, especialmente si se demuestra que hubo fraude o dolo en la gestión.
  1. Consecuencias fiscales para los socios y liquidadores

A nivel fiscal, existen ciertas consecuencias y responsabilidades que los socios y liquidadores deben considerar una vez extinguida la sociedad:

  • Declaración de ganancias o pérdidas patrimoniales: Los socios deben reflejar en su declaración de la renta el resultado de la liquidación de la sociedad, ya sea una ganancia o una pérdida patrimonial. Esta ganancia o pérdida se calcula como la diferencia entre el valor recibido en la liquidación y el valor inicial de su participación en la sociedad.
  • Responsabilidad fiscal de los liquidadores: Los liquidadores pueden tener responsabilidades fiscales si se detectan irregularidades en la liquidación de la sociedad. Por ejemplo, pueden ser sancionados si no han presentado correctamente las declaraciones fiscales de la sociedad antes de la extinción.
  1. Conservación de la documentación contable y fiscal

Aunque la sociedad esté extinguida, es obligatorio conservar la documentación contable y fiscal de la SL durante un periodo mínimo de seis años. Esta documentación puede ser solicitada en caso de inspección fiscal o revisión por parte de la Agencia Tributaria o del Registro Mercantil.

  • ¿Quién custodia la documentación?: Generalmente, los liquidadores o administradores deben encargarse de conservar la documentación, aunque también puede acordarse que uno de los socios mantenga los documentos en su poder.
  • Documentación a conservar: Entre la documentación que debe mantenerse están los libros de contabilidad, los libros de actas, las facturas, las declaraciones de impuestos, los balances finales y cualquier otro documento relevante para la contabilidad y la fiscalidad de la sociedad.
  1. Plazos de prescripción y posibilidad de reclamaciones

A pesar de la extinción, la sociedad puede seguir teniendo efectos legales a lo largo de varios años debido a los plazos de prescripción para reclamaciones y revisión de obligaciones fiscales. Algunos puntos importantes a tener en cuenta son:

  • Plazo de prescripción de reclamaciones: Los acreedores o la Agencia Tributaria pueden presentar reclamaciones de deudas no satisfechas hasta cuatro años después de la extinción de la SL. En el caso de fraude o dolo, este plazo podría ampliarse.
  • Reapertura del procedimiento en casos de fraude: En situaciones donde se detecten irregularidades graves, ocultación de activos o fraude en el proceso de liquidación, es posible que se reabra el procedimiento para investigar y reclamar responsabilidades, incluso si la sociedad ya ha sido extinguida oficialmente.
  1. Consecuencias en el patrimonio personal de los socios y administradores

En general, los socios no responden con su patrimonio personal por las deudas de la SL, salvo en situaciones excepcionales donde se haya actuado con dolo, negligencia grave o fraude. Sin embargo, los administradores y liquidadores pueden llegar a responder personalmente si han actuado de manera irresponsable en la gestión del proceso de liquidación.

  • Afectación del patrimonio personal de los administradores: Si se demuestra que los administradores han cometido una gestión dolosa, negligente o fraudulenta, pueden ser demandados personalmente para cubrir las deudas de la sociedad.
  • Protección del patrimonio personal de los socios: Los socios, por su parte, solo responden con el capital aportado a la sociedad, a menos que se pruebe que han actuado de manera fraudulenta o que han percibido activos de la sociedad de manera indebida.

 

En resumen, aunque la extinción de una SL marca el fin de su existencia legal, los socios, administradores y liquidadores pueden enfrentar responsabilidades y consecuencias posteriores, especialmente si se detectan irregularidades o deudas pendientes. Mantenerse al día con las obligaciones fiscales y legales, conservar la documentación contable y actuar de manera diligente en el proceso de disolución y liquidación son claves para minimizar riesgos y responsabilidades tras la extinción de una Sociedad Limitada.

 

  1. Costes asociados al cierre de una SL en España

Cerrar una Sociedad Limitada (SL) en España implica una serie de costes que los socios deben considerar al planificar el proceso de disolución, liquidación y extinción. Estos costes incluyen tanto los gastos obligatorios derivados de los trámites legales y administrativos como otros servicios profesionales, que pueden facilitar y asegurar que el cierre se realice correctamente. A continuación, se detallan los principales costes asociados al cierre de una SL en España.

 

  1. 1. Gastos notariales y de Registro Mercantil

El proceso de cierre de una SL implica la redacción de escrituras públicas de disolución y extinción, que deben ser formalizadas ante notario y registradas en el Registro Mercantil. Estos trámites generan gastos específicos:

  • Escritura de disolución y liquidación ante notario: Los gastos notariales pueden variar en función del valor del patrimonio de la sociedad y del número de socios. Generalmente, el coste de la escritura de disolución ronda entre los 150 y 400 euros, aunque puede ser mayor en sociedades con activos significativos.
  • Inscripción en el Registro Mercantil: Tras formalizar la disolución y la extinción ante notario, estos documentos deben inscribirse en el Registro Mercantil. El coste de la inscripción suele ser de entre 40 y 150 euros por cada trámite (disolución y extinción).

 

  1. Costes de asesoría y gestoría

Dado que el proceso de cierre de una SL conlleva una serie de trámites fiscales, contables y legales, la asesoría profesional es fundamental para cumplir con todos los requisitos y evitar errores. Los honorarios de los servicios de gestoría y asesoría pueden variar según la complejidad del cierre y los servicios requeridos.

  • Honorarios de asesoría contable y fiscal: Los asesores contables y fiscales suelen encargarse de la preparación de balances de liquidación, declaraciones fiscales finales y gestión de pagos pendientes. Los honorarios pueden oscilar entre 500 y 1.500 euros, dependiendo de la complejidad del patrimonio de la SL, el número de declaraciones pendientes y los activos a liquidar.
  • Gestión de trámites y asesoría legal: En algunos casos, especialmente cuando hay litigios o deudas pendientes, puede ser necesario contar con asesoría legal adicional. El coste de estos servicios puede variar, pero suele rondar entre 400 y 1.000 euros, dependiendo de las necesidades específicas del cierre.

 

  1. Costes fiscales

Durante la fase de liquidación, la SL debe cumplir con sus obligaciones fiscales, lo que puede implicar algunos costes adicionales si quedan impuestos pendientes. Entre los costes fiscales principales se encuentran:

  • Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA): Si la SL realiza ventas de activos (por ejemplo, maquinaria, inmuebles o vehículos) durante la liquidación, debe liquidar el IVA correspondiente en su última declaración.
  • Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP y AJD): En ciertos casos, la transmisión de activos puede estar sujeta al ITP y AJD. Este coste dependerá del valor de los activos transmitidos y de la comunidad autónoma en la que se realice la liquidación.
  • Impuesto sobre Sociedades: La SL debe presentar una última declaración del Impuesto sobre Sociedades, que refleje los resultados de la liquidación. Si la liquidación genera beneficios, la sociedad deberá tributar por esos beneficios a un tipo impositivo del 25%.

 

  1. Costes de liquidación de deudas y obligaciones laborales

Si la SL tiene deudas pendientes o trabajadores en activo, deberá destinar recursos a liquidar estas obligaciones antes de proceder con la extinción de la sociedad. Estos costes pueden variar según la situación financiera y laboral de la SL.

  • Liquidación de deudas con acreedores: Si la SL tiene deudas con proveedores o acreedores, estas deben ser pagadas antes de que se distribuya el patrimonio entre los socios. Los costes de esta liquidación dependerán del importe de las deudas pendientes y pueden implicar también gastos legales si se negocian condiciones de pago o quitas.
  • Indemnizaciones a empleados: En caso de que la SL tenga empleados, la sociedad debe hacer frente a las indemnizaciones y finiquitos correspondientes a la extinción de sus contratos. Este coste depende de factores como la antigüedad de los trabajadores y las condiciones contractuales. Para calcular el coste, es recomendable contar con un asesor laboral que ayude a gestionar estos pagos y a realizar las bajas en la Seguridad Social.

 

  1. Costes de conservación de documentación contable y fiscal

Una vez extinguida la sociedad, es obligatorio conservar la documentación contable y fiscal de la SL durante un periodo de seis años. Si no se cuenta con espacio o recursos para esta conservación, es posible contratar servicios de archivo y custodia.

  • Servicio de archivo: Los servicios de custodia documental suelen ofrecer almacenamiento seguro de la documentación contable y fiscal por periodos específicos. Los costes varían según el volumen de documentos, pero pueden situarse entre 50 y 200 euros anuales.

 

  1. Otros gastos adicionales

Durante el proceso de cierre, pueden surgir otros gastos imprevistos o adicionales. Algunos de ellos pueden incluir:

  • Publicidad del acuerdo de disolución: En ciertos casos, puede ser necesario publicar el acuerdo de disolución en el Boletín Oficial del Registro Mercantil (BORME) o en diarios oficiales. Este gasto adicional suele rondar entre 100 y 200 euros, dependiendo del medio y el tipo de publicación.
  • Certificados de estar al corriente con la Seguridad Social y Hacienda: Para completar la extinción de la SL, es recomendable obtener certificados de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social. Estos trámites pueden tener un coste administrativo, especialmente si se solicitan de manera urgente.

 

Resumen de costes aproximados para cerrar una empresa

A continuación, se presenta un resumen de los costes aproximados que puede suponer el cierre de una SL en España:

  • Gastos notariales y de registro: 200 – 550 euros
  • Asesoría contable, fiscal y legal: 500 – 2.500 euros
  • Costes fiscales: Variable según la situación patrimonial y las deudas fiscales
  • Liquidación de deudas y obligaciones laborales: Variable según las deudas y la plantilla de la SL
  • Custodia de documentos: 50 – 200 euros anuales
  • Otros gastos adicionales: 100 – 300 euros

 

En total, el cierre de una SL puede tener un coste variable, que suele oscilar entre 1.000 y 5.000 euros o más, dependiendo de la complejidad del proceso, el tamaño de la empresa y las deudas o activos a gestionar. Contar con un presupuesto detallado y con la asistencia de un asesor especializado puede ayudar a los socios a planificar adecuadamente y a minimizar los costes asociados al cierre de la Sociedad Limitada en España.

 

  1. Consejos prácticos para simplificar el proceso de cierre

Cerrar una Sociedad Limitada (SL) en España puede ser un proceso complejo y laborioso. Sin embargo, existen algunos consejos y buenas prácticas que pueden facilitar y agilizar este trámite, minimizando problemas y reduciendo costes. A continuación, presentamos una serie de recomendaciones para simplificar el proceso de disolución, liquidación y extinción de una SL, asegurando que cada paso se realice de forma eficaz y sin contratiempos.

 

  1. Realizar una planificación anticipada del proceso de cierre

Una planificación anticipada es clave para organizar el cierre de la sociedad de manera efectiva. Esto implica revisar la situación financiera, legal y fiscal de la empresa, anticipar los pasos a seguir y evitar cualquier imprevisto que pueda retrasar el proceso.

  • Revisión de cuentas y balances: Antes de iniciar la disolución, conviene realizar un balance general y revisar todas las cuentas pendientes, tanto a nivel fiscal como de pagos a proveedores y acreedores. Esto permitirá detectar deudas o irregularidades a tiempo y resolverlas sin problemas.
  • Elaboración de un cronograma: Crear un cronograma que detalle cada paso del proceso de cierre puede ayudar a organizar las tareas y cumplir con los plazos. Esto es especialmente útil para evitar olvidos y coordinar la presentación de documentos y declaraciones con el asesor fiscal y el notario.

 

  1. Contar con asesoría profesional

El apoyo de un asesor especializado en cierres de sociedades es muy valioso, especialmente si la sociedad cuenta con activos, deudas o una plantilla de empleados. La asesoría profesional puede prevenir errores, optimizar los trámites y garantizar que cada paso se realiza conforme a la normativa vigente.

  • Asesor fiscal y contable: Un asesor fiscal y contable ayuda a preparar y revisar los balances de liquidación, presentar las declaraciones tributarias finales y gestionar cualquier deuda pendiente. Este apoyo es esencial para asegurarse de que la sociedad queda al día con Hacienda y no quedan obligaciones fiscales sin cumplir.
  • Asesoría laboral: Si la SL cuenta con empleados, un asesor laboral puede gestionar la liquidación de los contratos, calcular los finiquitos y realizar las bajas en la Seguridad Social, asegurando el cumplimiento de las obligaciones laborales.

 

  1. Resolver deudas y obligaciones fiscales antes de iniciar la liquidación

Uno de los pasos más importantes para evitar complicaciones en el cierre de una SL es saldar todas las deudas y obligaciones fiscales antes de comenzar el proceso de liquidación. Esto incluye pagar las deudas con proveedores, cancelar los préstamos pendientes y regularizar las obligaciones tributarias.

  • Pago de deudas comerciales: Asegúrese de liquidar todas las facturas y pagos pendientes con proveedores y acreedores antes de iniciar la disolución formal. Esto no solo facilita el proceso de liquidación, sino que también evita reclamaciones y conflictos posteriores.
  • Regularización de impuestos y tasas: Presentar las declaraciones fiscales pendientes y pagar cualquier deuda con Hacienda es esencial para evitar sanciones. En algunos casos, obtener un certificado de estar al corriente de pagos puede agilizar la inscripción de la extinción en el Registro Mercantil.

 

  1. Preparar correctamente el balance de liquidación

El balance de liquidación es un documento clave que refleja la situación financiera de la sociedad y muestra el estado de los activos, pasivos y el patrimonio neto. Prepararlo de forma detallada y precisa facilita el proceso de reparto de activos y evita conflictos entre los socios.

  • Valoración de activos y liquidación de pasivos: Es importante que el balance incluya una valoración justa de los activos de la sociedad, así como el listado de las deudas pendientes. Esto permite una distribución equitativa de los activos entre los socios y garantiza que todos los acreedores sean pagados.
  • Aprobación por los socios: El balance de liquidación debe ser aprobado por los socios en la junta general. Asegúrese de que todos los socios estén de acuerdo con el balance y la distribución de los activos para evitar disputas o conflictos legales.

 

  1. Documentar y conservar toda la información relevante

A pesar de la extinción de la SL, la ley exige que se conserve la documentación contable y fiscal durante al menos seis años. Además, es recomendable mantener una copia de todos los documentos importantes relacionados con el proceso de cierre.

  • Archivar toda la documentación: Conservar las escrituras de disolución y liquidación, los certificados de estar al corriente de pagos con Hacienda y la Seguridad Social, y las declaraciones fiscales finales es fundamental para posibles futuras consultas.
  • Servicio de custodia documental: Si no cuenta con espacio o recursos para mantener la documentación, considere contratar un servicio de archivo y custodia que pueda almacenar de forma segura los documentos contables y fiscales de la SL durante el periodo requerido por la ley.

 

  1. Informar a todos los socios de la sociedad

Notificar a todas las partes interesadas sobre la disolución de la SL ayuda a evitar malentendidos y posibles reclamaciones en el futuro. Esto incluye a los clientes, proveedores, acreedores, empleados (si los hubiera) y, por supuesto, a las administraciones públicas.

  • Comunicación a proveedores y acreedores: Es recomendable informar a los proveedores y acreedores de la disolución y liquidación de la SL, para que estén al tanto y puedan solicitar el pago de posibles facturas pendientes.
  • Información a clientes y empleados: Si la sociedad tiene clientes o trabajadores, es adecuado comunicar el cierre con la suficiente antelación para que puedan planificar su actividad y tomar medidas si fuera necesario.

 

  1. Simplificar la liquidación de activos y pasivos

Liquidar los activos y pasivos de una sociedad puede ser uno de los procesos más complejos y costosos, especialmente en sociedades con bienes inmuebles, maquinaria o una amplia cartera de clientes. Simplificar esta fase puede ayudar a reducir costes y agilizar el cierre.

  • Venta de activos con anticipación: En lugar de esperar a la fase de liquidación, considere vender los activos de la sociedad antes de iniciar la disolución. Esto permite obtener los fondos necesarios para pagar deudas y simplifica el balance de liquidación.
  • Negociación de deudas: En caso de que existan deudas importantes, puede ser útil negociar con los acreedores para reducir el importe total mediante acuerdos de quita o plazos de pago, lo cual facilita el proceso de liquidación.

 

En resumen, cerrar una Sociedad Limitada en España puede ser más sencillo y económico siguiendo estos consejos prácticos. La planificación anticipada, el apoyo de asesores profesionales y la organización de la documentación son elementos clave para agilizar el proceso y evitar problemas futuros. Además, cumplir con las obligaciones fiscales y comunicar el cierre a todos los interesados garantiza un proceso de disolución ordenado y sin contratiempos.

 

  1. Conclusión

Cerrar una Sociedad Limitada (SL) en España puede parecer una tarea complicada, pero con la guía y planificación adecuadas, es posible realizar este proceso de manera eficiente y sin sorpresas desagradables. La extinción de una sociedad requiere cumplir con una serie de pasos legales y fiscales, además de gestionar correctamente los activos, pasivos y, en su caso, las relaciones laborales que pudieran existir. No obstante, al seguir los pasos que hemos detallado y considerar los consejos prácticos que hemos presentado, los socios pueden evitar retrasos, conflictos y gastos innecesarios, facilitando un cierre ordenado y seguro.

La planificación es clave para el éxito. Iniciar el proceso con un balance de liquidación actualizado, resolver deudas pendientes, cumplir con las obligaciones fiscales y laborales, y mantener una comunicación clara con todos los interesados son acciones que pueden hacer toda la diferencia. Además, contar con el apoyo de un asesor profesional en cada etapa aporta seguridad y garantiza que todos los trámites se realicen conforme a la normativa vigente.

Para los propietarios y socios, la disolución y liquidación de una sociedad supone una oportunidad para cerrar un ciclo empresarial y abrirse a nuevas oportunidades. Cerrar una empresa de forma ordenada no solo permite cumplir con todas las obligaciones legales, sino que también facilita una transición fluida hacia otros proyectos. Mantener la documentación y los registros de manera adecuada, liquidar activos y pasivos con antelación y evitar cualquier conflicto futuro son prácticas que protegen a los socios y administradores de posibles responsabilidades y sanciones.

Si estás considerando cerrar una Sociedad Limitada en España, utiliza esta guía como referencia para planificar cada paso y asegurarte de que el proceso sea lo más ágil y económico posible. A medida que más empresarios buscan cómo cerrar una SL correctamente, entender los aspectos clave y las mejores prácticas no solo optimiza el tiempo y los recursos, sino que también te permite realizar este cambio de manera profesional y sin riesgos.

Recuerda: una buena gestión del cierre de una sociedad hoy puede abrir las puertas a futuras oportunidades empresariales mañana.

En Asesoria Edac contamos con todo un equipo profesional que puede ayudarte a facilitar el proceso de cierre de tu empresa.

Daniel Moreno

Dept. Fiscal – Económico

Telf. 930153772

 

 

 



CONTRATACIÓN DE SERVICIOS:

Usted está contratando su inclusión en una demanda colectiva dirigida al Consorcio de Seguros. En concreto los servicios incluidos son:

– Revisión de contratos de Seguros de Comercio para valoración de la posibilidad de Reclamación ante la propia compañía de Seguros o en su defecto al Consorcio de Seguros algún tipo de indemnización debido al Cese Temporal del Negocio por covid19 o cualquier otro motivo incluido en el condicionado del contrato.

– Presentación de reclamación ante el Consorcio de Seguros.

– Adhesión a la posible Demanda Colectiva al Consorcio de Seguros exigiendo la inclusión del Covid19 como causa que motiva indemnización por Lucro Cesante.

CONTRATACIÓN ADICIONAL A PACTAR:

– Demanda al Consorcio de Seguros de Forma Colectiva*

RESULTADO INCIERTO:

Este despacho advierte del resultado incierto del procedimiento judicial iniciado al Consorcio, así como de la duración del mismo. En este sentido, queremos dejar constancia de que las explicaciones ofrecidas han sido suficientes y por tanto es usted como cliente quien asume el resultado incierto de este procedimiento.

Indicarle, que para el caso de NO prosperar el procedimiento, se procederá según lo dispuesto en el artículo 394 de la vigente Ley de Enjuiciamiento Civil. En este caso le informaremos de forma previa antes de iniciar cualquier procedimiento, de cualquier consecuencia que suponga o pueda suponer un coste para usted.

Por tanto, usted se está uniendo a una demanda colectiva y tanto su reclamación y/o importe a solicitar como indemnización será pactada entre usted y nuestro despacho de forma previa.

*COSTE PROCEDIMIENTO JUDICIAL:

El precio indicado como pago inicial de 150€+IVA incluye la inclusión en la demanda colectiva, la redacción de la demanda, la revisión de documentos y las reclamaciones previas a la demanda.

Para el caso de interponer una demanda de forma colectiva, debe saber que:

Para el supuesto de tener contratada póliza de seguros que incluya defensa jurídica, estos gastos podrán ser asumidos por la misma previa declaración de siniestro, por lo que inicialmente no se haría efectivo el pago, que solo procederá en el caso de que finalmente la cobertura no lo permitiera, en cuyo caso se procederá al pago de los honorarios según lo estipulado en le presente presupuesto en la forma estipulada en el mismo.

Para el caso de NO tener contratada póliza de seguros que incluya defensa jurídica, los honorarios de este despacho se abonarían según la presente escala:

Hasta 3000 € ________________ 300 + IVA

Hasta 10.000 € ______________ 400 + IVA

Hasta 30.000 € ______________ 500 + IVA

Hasta 60.000 € ______________ 600 + IVA

Superior a 60.001 €# a comentar

Importes inferiores a 3.000€ a comentar puesto que su inclusión den la demanda colectiva no tiene por qué conllevar aparejada una cantidad mínima de dinero queriendo por tanto únicamente unirse para reclamar un derecho futuro.

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