Ser autónomo es una gran oportunidad para poner en marcha tu idea de negocio y estar al frente del mismo sin la obligación de seguir las directrices de otros. Sin embargo, ser tu propio jefe también implica la gestión y tramitación de todos los impuestos que como autónomo estas obligado a tributar, como puede ser el modelo 130.
¿Qué es el modelo 130?
El modelo 130 es el modelo tributario a través del cual los autónomos declaran por trimestre la liquidación de pagos fraccionados del IRPF a Hacienda. O en otras palabras, el modo en que Hacienda recauda el IRPF no sujeto a retención del autónomo.
Así pues, están obligados a presentar el modelo 130 todas aquellas personas físicas o miembros de sociedades civiles y comunidades de bienes que llevan a cabo actividades económicas y tributan su IRPF mediante estimación directa (más de 600.000 euros el año anterior) o estimación directa simplificada (no superar los 600.000 euros el año anterior).
De modo que, los contribuyentes declaran a Hacienda su rendimiento neto acumulado que parte de la diferencia entre los ingresos obtenidos y los gastos deducibles de la actividad profesional.
Si el resultado es favorable y no debes pagar a Hacienda, basta con entregar el modelo en cualquier oficina de la Agencia Tributaria o Correos.
En cambio, si el resultado es desfavorable y sale a pagar, podrás hacer el ingreso o bien en efectivo en cualquier banco o bien, de manera telemática para que sea descontado directamente de tu cuenta.
¿Para qué sirve el modelo 130?
Como hemos dicho previamente, a través de este modelo los autónomos declaran los beneficios e ingresos obtenidos por realizar su actividad profesional. No obstante, la particularidad y utilidad de este modelo es la posibilidad de adelantar parte del IRPF.
Gracias a la división en cuatro pagos fraccionados, los contribuyentes no se ven obligados a realizar un gran desembolso en un momento puntual y disminuyen la cantidad a pagar en el momento de realizar la declaración de la renta anual.
De modo que, presentan el modelo 130 de forma trimestral en los siguientes plazos del año 2016:
- Primer trimestre: 1 a 15 de abril
- Segundo trimestre: 1 a 15 de julio
- Tercer trimestre: 1 a 15 de octubre
- Cuarto trimestre: 1 a 25 enero
En caso que el fin de plazo coincida con un sábado, domingo o festivo, el plazo será hasta el siguiente día hábil. Así pues, en el caso del sábado 15 de octubre, los autónomos tienen tiempo hasta el lunes 17 de octubre.
5 obligaciones para presentar el modelo 130 que debes tener en cuenta
Ahora que ya sabes en qué consiste el modelo 130, desde Servicios Edac hemos querido hacer una recopilación de 5 obligaciones que debes tener en cuenta a la hora de presentar el modelo 130 ante la Agencia Tributaria.
1. No tributar si un 70% de tus ingresos sufren retenciones
Como en la gran mayoría de impuestos y obligaciones fiscales, hay excepciones.
Aquellos autónomos que realicen actividades profesionales en las que al menos un 70% de sus ingresos sufran retención o ingreso a cuenta, no estarán obligados a presentar el modelo 130.
Siempre y cuando no se hayan dado de alta en el modelo censal 036 o 037, el cual te obliga a realizar los pagos fraccionados del IRPF, como veremos a continuación.
2. Darte de alta en el modelo censal 036 o 037
Si en tu caso el 70% de tus ingresos no sufren retenciones y estás obligado a presentar el modelo 130, debes darte de alta en el modelo censal 036 o 037 según tus condiciones.
Este es el modo en que el autónomo comunica a la Agencia Tributaria que está obligado a presentar el modelo. Entonces, ¿si no me doy de alta, puedo librarme de pagar si el resultado es desfavorable? No. En ningún caso estás exento.
Hacienda puede reclamarte dinero igualmente si no te das de alta.
3. Acumular los datos del trimestre anterior
A pesar que, como hemos visto, el modelo se presenta en formato trimestral. No debemos cometer el error de presentar sólo los datos correspondientes al trimestre que se liquida.
A la hora de rellenar el modelo 130, los autónomos deben incluir la suma de los trimestres anteriores, tanto en ingresos como en gastos, retenciones o pagos efectuados. Puesto que el modelo 130 se basa en un cálculo acumulativo.
4. Rellenar el modelo 130 aunque tus datos sean cero
Es posible que por motivos personales no hayas podido atender tu negocio y hayas estado de baja durante un tiempo. No obstante, el simple hecho de no tener datos no significa que no estemos obligados a presentar el modelo 130.
Así pues, debes presentar el modelo aunque tus datos estén a cero.
De no hacerlo, Hacienda podrá sancionarte.
5. Presentarlo ante Hacienda de manera electrónica o impresión PDF
De acuerdo con la última modificación, desde el pasado 1 de enero de 2015 es obligatorio realizar la tramitación del modelo 130 en formato electrónico a través de la página web de la Agencia Tributaria.
Sin embargo, también se puede presentar en formato papel presentando el PDF impreso y rellanado a través del PC o móvil. En el caso de presentar el modelo 130 rellenado con bolígrafo, éste no sería aceptado por Hacienda.
Soy autónomo y necesito ayuda con el modelo 130
Si después de este artículo no te han quedado claras tus obligaciones como autónomo en relación al modelo 130 para liquidar los pagos fraccionados del IRPF a Hacienda.
Desde Servicios Edac estaremos encantados de ayudarte a resolver todas tus dudas través de nuestros expertos en fiscalidad.