Trabajadores por cuenta ajena: TARIFA PLANA.
Se prorroga HASTA EL 31 DE MARZO DE 2015 la reducción de las cotizaciones empresariales por contingencias comunes a la Seguridad Social por contratación indefinida.
Se podrán beneficiar de esta medida todas las empresas, con independencia de su tamaño, tanto si la contratación es a tiempo completo como si es a tiempo parcial, respecto de los contratos celebrados a partir del 25 de febrero de 2014 hasta el 31 de MARZO del 2015, siempre que suponga creación de empleo neto.
La cuota empresarial a ingresar por contingencias comunes será de 100 euros mensuales, en los supuestos de contratos celebrados a tiempo completo, siendo de 75 ó 50 euros mensuales en los contratos a tiempo parcial en función de la jornada de trabajo que se realice.
Con carácter general, estas reducciones se aplicarán durante un período de 24 meses, si bien, y durante los 12 meses siguientes, las empresas con menos de 10 trabajadores también tendrán derecho a obtener una reducción del 50 por 100 de la cotización por contingencias comunes correspondientes al trabajador contratado de manera indefinida.
Para beneficiarse de estas reducciones, el empresario debe cumplir con una serie de requisitos que, con carácter general, se exigen para el acceso a este tipo de incentivos en normas de similar naturaleza, como son: hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social, no haber sido excluido del acceso a los beneficios de programas de empleo por la comisión de determinadas infracciones graves o muy graves y mantener el nivel de empleo total e indefinido alcanzado con dicha contratación.
También se exige como requisito que la empresa no haya extinguido contratos de trabajo por causas objetivas o por despido disciplinario que hubiesen sido declarados judicialmente improcedentes, o por despidos colectivos.
El requisito anterior afectará únicamente a las extinciones producidas a partir del 25 de febrero de 2014.
Trabajadores autónomos:
El paquete de medidas que anunció el Ejecutivo a principios de año va camino de ajustarse a las necesidades del colectivo de autónomos. La Tarifa Plana, las retenciones del IRPF o el cobro del paro serán algunas de las cuestiones que mejorarán de cara a 2015.
Las novedades previstas para principios del 2015 modificarán los criterios de acceso a la bonificación, incluyendo también a los autónomos societarios y los autónomos que contraten personal. Pero aun no están aprobadas.
Así, los autónomos societarios podrían disfrutar de una bonificación del 80% en sus cuotas de la Seguridad Social mientras los autónomos que contraten personal, sean por cuenta ajena o a través de una empresa, podrían acogerse a la bonificación sin renunciar al resto de bonificaciones a la contratación existentes. Además, los autónomos que ya disfruten de la tarifa plana podrían contratar bajo estas condiciones sin perder la bonificación.
Eso sí, las contrataciones tendrían las siguientes características:
Los trabajadores contratados han de ser menores de 30 años.
El autónomo o sociedad ha de comprometerse a mantener el empleo por el mismo tiempo de la duración de las bonificaciones al autónomo.
TARIFA PLANA para AUTONOMOS en el 2015
(jóvenes y mayores de 30 años)
Requisitos:
Todos los nuevos autónomos independientemente de la edad
• No haber estado de alta como autónomo durante los cinco años anteriores.
• No emplear trabajadores por cuenta ajena.
• No ser administrador de una sociedad mercantil.
• No haber recibido anteriormente bonificaciones de la Seguridad Social como autónomo.
• No ser autónomo colaborador.
• No tener pluriactividad con trabajo por cuenta ajena y propia
CUOTAS – Tarifa 2015:
• 53,59 euros durante los seis primeros meses, 80% de reducción de la cuota.
• 132.65 euros desde el mes 7 al 12, 50% de reducción de la cuota.
• 185.36 euros desde el mes 13 al 18, 30% de reducción de la cuota.
Jóvenes menores de 30 años y mujeres menores de 35 tienen bonificación adicional: La cuota de 185,36 euros se mantiene desde el mes 19 al 30.
Para más información o aclaración contactar con:
Judith Ortega: laboral@serviciosdac.com