
Medidas para el fomento de trabajadores autónomos
El pasado 10 de Septiembre de 2015 se publicaron en el BOE todos los incentivos que se incluirán en el título V del Estatuto del Trabajo Autónomo y cuya entrada en vigor será a partir del 10 de octubre de 2015.
Destacamos las siguientes medidas:
A) Compatibilidad del paro con el alta de autónomo: Hasta ahora los menores de 30 años podían disfrutar de la posibilidad de cobrar el paro durante nueve meses a la vez que estaban dados de alta como autónomos. Ahora se abre ésta posibilidad para cualquier edad del autónomo.
B) Segunda oportunidad para parados emprendedores: Hasta ahora se podía solicitar la reanudación de la prestación por desempleo por un máximo de dos años posteriores al inicio de actividad. Con ésta modificación los desempleados que estén cobrando el paro y emprendan como autónomos podrán solicitar la reanudación del cobro de la prestación por desempleo hasta cinco años después de haber iniciado su actividad. Pero como todo en ésta vida, hay trampa. Habrá que justificar las causas y deberán ser económicas, etc.
C) Capitalización del desempleo: A partir de ahora, con independencia de la edad se podrá destinar el 100% de la capitalización del desempleo a la inversión inicial. Sin duda, ésta medida ha sido muy celebrada por empresas como la franquicia LowCost La Central del Negocio que se dedica a cesiones ( traspaso de negocios ) y que tiene al emprendedor como uno de sus pilares y principales clientes debido a que la mayoría de emprendedores solicitan la capitalización del paro. En éste caso, la propia empresa se encarga de gestionar y tramitar la capitalización conjuntamente con el emprendedor sin coste y como parte de sus servicios.
Es éste apartado se da forma también a una de las mayores reivindicaciones de todos los que nos dedicamos amontar y levantar empresas ya que se podrá realizar también una aportación al capital social de todo tipo de sociedades mercantiles de nueva creación cuando exista el control efectivo de la empresa.
D) Se amplían las bonificaciones para la incorporación de socios en entidades de economía social: En concreto, se establece una bonificación de 800 €/año a lo largo de tres años para facilitar la incorporación de socios trabajadores o de trabajo a las cooperativas y sociedades laborales. Para el caso de menores de 30 años se el importe se incrementa hasta los 1.650 € aunque sólo el primer año.
Colectivos como AEESC (Associació d´Experts en Economia Social i Col.laborativa ) han celebrado ampliamente ésta noticia. Así mismo, AEESC nos ha informado que para su colectivo también resulta muy interesante que se considere entidades prestadoras de servicios de interés económico general a Centros Especiales de Empleo y Empresas de Inserción, lo que les da la oportunidad de ampliar hasta 500.000 euros el tope de subvenciones públicas a recibir en tres años. Además, se bonificará a empresas que contraten trabajadores provenientes de las empresas de inserción y se fomentará para los concursos de licitación una reserva de mercado público.
E) Los autónomos que contraten trabajadores por cuenta ajena podrán seguir beneficiándose de la tarifa plana para autónomos en su cuota de la Seguridad Social.
F) La cuota por contingencias comunes de la llamada tarifa plana se fija en 50€ durante los primeros seis meses. Dicho periodo se ve ampliado hasta12 mess para el caso de personas con discapacidad, víctimas del terrorismo y violencia de género.
G) En cuanto a autónomos colaboradores, es decir, de familiares del autónomo principal, a parte de la bonificación actual de 18 meses, en adelante y hasta el mes 24 tendrá una bonificación del 25%
H) No podía faltar la revisión del autónomo dependientes: en éste caso se refuerza su protección en casos de maternidad o paternidad o de cuidado de menores de siete años. Además, se permitirá que se contrate a un autónomo que les sustituya bonificando con hasta el 100% su cuota de autónomos si se cumplen ciertos requisitos que deberá consultar.
Por tanto, si está pensando en darse de alta de autónomos bien para ejercer una actividad profesional o bien porque desea iniciar un negocio mediante la compra o traspaso de algún local de negocio, no puede dejar de consultar éstas modificaciones con su Asesor.
Daniel Moreno Haro
CEO Asesoría Edac