
Novedades Laborales y de Seguridad Social
Mediante la presente resumimos las novedades que nos han parecido más destacadas en materia Laboral y Seguridad Social incluidas en la Ley de Presupuestos Generales para 2016 y otras normas que han sido recientemente aprobadas:
AUTÓNOMOS: a partir del 1 de enero 2016, aquellos trabajadores autónomos que tengan 47 años de edad y cotizan en el RETA por una base inferior a 1.945,80 € mensuales no podrán elegir una base de cotización superior a 1.964,70 €, salvo que ejerciten su opción en tal sentido antes del 30-06-2016. La base mínima de los autónomos se incrementa aproximadamente en un 1% ( 893,10 ).
Salario Mínimo: Las cuantías del salario mínimo Interprofesional para 2016, se establecen en 655,20 euros/mes y 21,84 euros/día, lo que representa un incremento del 1% adaptándose de esta forma a la situación actual e intentado establecerlo por encima del IPC cuyo índice interanual se sitúa en 0.
Bases máximas de cotización: Las Bases máximas de cotización al Régimen General se incrementan en un 1% para 2016 siendo de 3.642,00 €/mensuales o 121,40 €/día.
Bonificaciones: Se prorroga hasta el 31-12-2016 las bonificaciones en las cotizaciones para las empresas, excluidas las pertenecientes al sector público, dedicadas a actividades que generen actividad productiva en los meses de febrero, marzo y de noviembre de cada año y que inicien y/o mantengan en alta durante dichos meses la ocupación de los trabajadores con contratos de carácter fijo discontinuo y que estén encuadradas en sectores como turismo, comercio vinculado al mismo y hostelería
Por el contrario, la entrada en vigor de la ampliación de la duración del permiso de paternidad a cuatro semanas se aplaza hasta el 01-01-2017.
Nuevo complemento de pensión: El nuevo complemento será aplicable a las pensiones contributivas de jubilación, viudedad e incapacidad permanente que se causen a partir de 1 de enero de 2016 y cuya titular sea una mujer, cuando concurran las circunstancias previstas en la norma. Se reconocerá un complemento de pensión, por su aportación demográfica a la Seguridad Social, a las mujeres que hayan tenido 2 o más hijos naturales o adoptados. El porcentaje adicional de la pensión contributiva estará en función del número de hijos: 5% en caso de dos hijos, 10% en el caso de 3 hijos y del 15% en el caso de cuatro o más.
Judith Ortega
Dept. Laboral Asesoría Edac
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