
Durante todo el mes de Julio hemos estado escuchando como a bombo y platillo se anunciaba la rebaja en IRPF.
Recordemos que dentro de éstas medidas está que el cambio sea efectivo a partir del día 12 de Julio de 2015.
Mediante la presente, adjuntamos la tabla publicada en sede oficial de la AEAT y pasamos a resumir los datos más relevantes:
Servicios profesionales:
Con carácter general (art. 101.5 y D.A. 31ª.3.a) LIRPF). 19% pasa al 15% durante Julio 2015
Determinadas actividades profesionales (recaudadores municipales, mediadores de seguros…): pasan del 9% al 7% durante Julio 2015
Profesionales de nuevo inicio (en el año de inicio y en los dos siguientes) pasan del 9% al 7%
Si Rtos Integros de actividades profesionales del ejercicio anterior < 15.000 € (y, además, tal importe > [0,75 x (Rtos Integros totales aa.ee + Rtos trabajo del contribuyente, del ej. Anterior)] (art 101.5 y D.A. 31ª.3.a) LIRPF). Para este caso, del 15% pasa a ser Suprimido
Capital Mobiliario:
Derivados de la participación en fondos propios de entidades (art. 25.1, 101.4 y
D.A. 31ª.3.d) LIRPF;y 90 RIRPF)) 20 por 100 19,5 por 100 19 por 100 193 A
Cesión a terceros de capitales propios (cuentas corrientes, depósitos financieros,
etc..art. 25.2 y D.A. 31ª.3.d) LIRPF) pasa del 20% al 19,5%
Operaciones de capitalización, seguros de vida o invalidez e imposición de capitales 20% pasa al 19,5%
Propiedad intelectual, industrial, prestación de asistencia técnica (art. 101.9 y D.A. 31ª.3.d) LIRPF) pasa del 20% al 19,5
Arrendamiento y subarrendamiento de bienes muebles, negocios o minas (art.101.9 y D.A. 31ª.3.d) LIRPF) pasa del 20% al 19,5%
Rendimientos derivados de la cesión del derecho de explotación de derechos de imagen (art. 101.10 LIRPF) siempre que no sean en el desarrollo de una actividad económica pasa del 24%
Capital Inmobiliario:
Arrendamiento o subarrendamiento de bienes inmuebles urbanos (art. 101.8 y D.A. 31ª.3.d) LIRPF; y 100 RIRPF) pasa del 20% al 19,5%
Tabla completa:
tablas aeat IRPF 2015
Daniel Moreno
CEO Asesoría Edac