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Obligación de Factura electrónica para todos los autónomos y empresas

Obligación de la Factura electrónica para todos los autónomos y empresas

Introducción

En los próximos años, la factura electrónica y el reglamento Verifactu revolucionarán la gestión de la facturación para empresas y autónomos en España. Esta transición, impulsada por normativas como la Ley Antifraude y la Ley Crea y Crece, busca reducir la morosidad y combatir el fraude fiscal. En Asesoría Edac, ofrecemos asesoría especializada para que tu empresa cumpla con estas nuevas exigencias sin complicaciones.

1. ¿Qué es Verifactu?

Verifactu es un reglamento que regula los programas de facturación, garantizando la integridad y trazabilidad de los registros. Su entrada en vigor será en julio de 2025 y afecta a todos los autónomos y empresas.

  • Objetivo principal: Combatir los softwares de doble uso y asegurar que la facturación sea transparente e inalterable.
  • Sanciones: Hasta 50.000 € de multa por utilizar programas no certificados.

2. Factura Electrónica: Obligación y Plazos

La factura electrónica será obligatoria en las relaciones B2B (entre empresas y autónomos). Las fechas clave son:

  • 2026: Empresas con facturación superior a 8 millones de euros.
  • 2027: Empresas con facturación inferior.
  • 2028-2029: Plazos adicionales para autónomos.

Importante: La factura electrónica reduce la morosidad y mejora la eficiencia financiera.

3. Kit Digital: Implementación Gratuita

El gobierno facilita la adaptación a través del Kit Digital, una subvención para pymes y autónomos que cubre la implementación de sistemas de facturación conformes con Verifactu.

Asesoría Edac ya cuenta con los sistemas informáticos y de gestión necesarios para la aplicación de esta nueva normativa por lo que se aplica directamente a todos nuestros clientes.

Respecto al KIT Digital, es recomendable para aquellas empresas y autónomos que utilizar un software de gestión y contabilidad propios que hablen con su desarrollador para empezar a trabajar en la implementación del nuevo sistema de facturación. Para el resto de empresas y autónomos que ya utilizan programas homologados como SAGE o A3, éstos ya se están adaptando directamente.

4. Ventajas de la Factura Electrónica

  • Reducción de morosidad: Facilita el control de pagos.
  • Sostenibilidad: Disminuye el uso de papel.
  • Seguridad: Almacenamiento digital más seguro.
  • Ahorro de costes: Menor gasto en gestión documental.

5. Cómo Te Ayudamos en Asesoría Edac

  • Asesoría personalizada: Evaluamos tus necesidades de facturación.
  • Implementación de sistemas: Te ayudamos a integrar Verifactu y la factura electrónica.
  • Formación: Capacitación para tu equipo en nuevas herramientas digitales.

¡Prepárate para el futuro de la facturación!

En Asesoría Edac, te acompañamos en cada paso para garantizar que tu negocio cumpla con las nuevas normativas, evitando sanciones y optimizando tus procesos financieros. ¡Contáctanos hoy mismo!

Pero una vez ya sabemos cómo va a evolucionar el sistema de facturación, ¿Cómo Funciona exactamente el Nuevo Sistema de Facturación Electrónica? ¿ Qué implica a nivel de gestión?

La factura electrónica no solo moderniza el proceso de facturación, sino que también impone requisitos técnicos y legales específicos. A continuación, detallamos paso a paso cómo crear, enviar y gestionar una factura electrónica conforme a las nuevas normativas.

1. Creación de la Factura Electrónica

Para emitir una factura electrónica, es necesario utilizar un software de facturación certificado. Este software debe cumplir con el reglamento Verifactu y garantizar la integridad y trazabilidad de la información.

Pasos básicos para crear la factura:

  1. Generación del documento: Se emite en formato electrónico (generalmente XML o Facturae).
  2. Contenido obligatorio:
    • Datos del emisor y receptor: Nombre o razón social, NIF, dirección.
    • Número y serie de la factura: Identificación única y secuencial.
    • Fecha de emisión: Debe coincidir con la fecha de generación.
    • Descripción de los bienes o servicios: Concepto detallado.
    • Importe total y desglose de impuestos: IVA, IRPF, etc.
    • Código QR: Incluye información clave para su validación (NIF, importe, fecha, etc.).
  3. Firma electrónica avanzada: Se requiere para garantizar la autenticidad del documento.

2. Elementos Clave que Debe Incluir la Factura Electrónica

  • Código QR: Permite a la Agencia Tributaria validar la factura rápidamente.
  • Huella digital (hash): Garantiza la inalterabilidad de la factura.
  • Estado de la factura: El receptor debe confirmar en un plazo de 4 días naturales si acepta, rechaza o ha pagado la factura.

3. Envío de la Factura Electrónica a Hacienda

Las facturas deben enviarse de forma inmediata o en tiempo real a la Agencia Tributaria. Existen dos métodos principales:

a) Sistema Verifactu:

  • Adhesión voluntaria: Permite enviar automáticamente todas las facturas a Hacienda.
  • Proceso de envío:
    1. El software de facturación genera la factura.
    2. La factura se remite en formato XML a través de una conexión segura.
    3. Hacienda valida la factura y devuelve un código seguro de verificación (CSV).

b) Plataforma pública gratuita:

  • Disponible para autónomos y pymes que emiten menos de 100 facturas anuales.
  • Permite generar, almacenar y enviar facturas sin necesidad de software privado.

4. Recepción y Gestión de la Factura Electrónica

  • Visualización: Las facturas deben ser accesibles para los clientes sin necesidad de imprimirlas.
  • Almacenamiento: Las empresas deben conservar las facturas electrónicas durante al menos 4 años.
  • Plataformas homologadas: Las facturas deben emitirse a través de plataformas certificadas por la Agencia Tributaria.

5. Control de Estados de Factura

El receptor está obligado a informar al emisor sobre el estado de la factura electrónica. Los estados posibles son:

  • Aceptada: La factura es válida y reconocida.
  • Rechazada: No se acepta, y se especifica el motivo.
  • Pagada: Confirmación de pago total o parcial.
  • Cedida: La factura ha sido cedida a un tercero para su cobro.

6. Adaptación al Sistema de Factura Electrónica

Las empresas y autónomos deben realizar las siguientes acciones:

  1. Actualizar su software de facturación: Asegurarse de que cumpla con Verifactu y la Ley Crea y Crece.
  2. Formar a su equipo: Capacitación en el uso de programas de facturación electrónica.
  3. Aprovechar el Kit Digital: Subvención del gobierno para implementar sistemas de facturación digital.

Beneficios de la Factura Electrónica:

  • Reducción de morosidad: Control preciso de pagos y plazos.
  • Mayor transparencia: Información accesible y verificable por Hacienda.
  • Ahorro de costes: Menor uso de papel y procesos automatizados.
  • Cumplimiento legal: Evita sanciones y facilita auditorías fiscales.

En Asesoría Edac, te ayudamos a implementar este nuevo sistema, garantizando el cumplimiento normativo y optimizando la gestión de tu facturación. ¡Contáctanos para transformar tu empresa hacia la era digital!

Resumen de Leyes Aplicables a la Factura Electrónica y Verifactu

La implementación de la factura electrónica y del reglamento Verifactu en España se basa en varias leyes clave que establecen los requisitos legales y técnicos para las empresas y autónomos. Estas normativas son esenciales para garantizar la transparencia, combatir el fraude fiscal y fomentar la digitalización.

1. Ley 11/2021 de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal

  • Objetivo: Evitar el uso de software de doble uso, que permite ocultar ingresos o alterar facturas.
  • Aplicación: Introduce la obligación de usar programas de facturación certificados que garanticen la inalterabilidad y trazabilidad de los registros.
  • Sanciones: Hasta 50.000 € por cada año en que se utilicen programas que no cumplan la normativa.

2. Ley 25/2013 de Impulso de la Factura Electrónica

  • Aplicación: Desde 2015, obliga a emitir facturas electrónicas en operaciones con Administraciones Públicas.
  • Ampliación: La Ley Crea y Crece extiende esta obligación a las relaciones B2B (entre empresas y autónomos).

3. Ley 18/2022 de Creación y Crecimiento de Empresas (Ley Crea y Crece)

  • Objetivo: Promover la digitalización empresarial y reducir la morosidad en las transacciones comerciales.
  • Aplicación:
    • Empresas con facturación >8 millones de euros: Factura electrónica obligatoria en 2026.
    • Empresas con facturación <8 millones de euros: Obligación en 2027.
    • Autónomos: Adaptación prevista entre 2027 y 2029.
  • Requisitos: Las facturas deben ser generadas, firmadas electrónicamente y enviadas mediante plataformas homologadas.

4. Real Decreto 1007/2023 (Reglamento Verifactu)

  • Objetivo: Regular los programas de facturación para garantizar la integridad, accesibilidad y conservación de los datos.
  • Requisitos:
    • Código QR obligatorio: Facilita la validación de facturas.
    • Huella digital (hash): Garantiza la inalterabilidad de los registros.
    • Envío automático a Hacienda: Mediante el sistema Verifactu, las facturas deben enviarse en tiempo real.

¿Por Qué Elegir Asesoría EDAC para Adaptarte a la Nueva Normativa?

En Asesoría EDAC, entendemos los desafíos que supone la implementación de estas nuevas normativas, y ofrecemos soluciones personalizadas para facilitar la transición.

Nuestros Programas de Gestión: Tu Solución Integral

  • Software Certificado: Nuestros sistemas de facturación cumplen con el reglamento Verifactu y la Ley Crea y Crece, garantizando la integridad y trazabilidad exigidas por Hacienda.
  • Integración Simplificada: Adaptamos tu empresa a la factura electrónica de manera eficiente y sin complicaciones.
  • Envío Automático a la Agencia Tributaria: Conectamos tu facturación directamente con Hacienda, asegurando el cumplimiento normativo.
  • Soporte Continuo: Brindamos formación y asesoría continua para que tu equipo domine los nuevos sistemas.

¡No Esperes a que la Normativa te Supere!

Las sanciones por incumplimiento son elevadas, pero con la ayuda de Asesoría EDAC, tu empresa estará preparada. Digitaliza tu facturación, cumple con la ley y optimiza tus procesos.

Contáctanos hoy mismo y da el paso hacia el futuro de la gestión empresarial. ¡Nosotros nos encargamos del resto!

 

Daniel Moreno

CEO Asesoría Edac y La Central del Negocio



CONTRATACIÓN DE SERVICIOS:

Usted está contratando su inclusión en una demanda colectiva dirigida al Consorcio de Seguros. En concreto los servicios incluidos son:

– Revisión de contratos de Seguros de Comercio para valoración de la posibilidad de Reclamación ante la propia compañía de Seguros o en su defecto al Consorcio de Seguros algún tipo de indemnización debido al Cese Temporal del Negocio por covid19 o cualquier otro motivo incluido en el condicionado del contrato.

– Presentación de reclamación ante el Consorcio de Seguros.

– Adhesión a la posible Demanda Colectiva al Consorcio de Seguros exigiendo la inclusión del Covid19 como causa que motiva indemnización por Lucro Cesante.

CONTRATACIÓN ADICIONAL A PACTAR:

– Demanda al Consorcio de Seguros de Forma Colectiva*

RESULTADO INCIERTO:

Este despacho advierte del resultado incierto del procedimiento judicial iniciado al Consorcio, así como de la duración del mismo. En este sentido, queremos dejar constancia de que las explicaciones ofrecidas han sido suficientes y por tanto es usted como cliente quien asume el resultado incierto de este procedimiento.

Indicarle, que para el caso de NO prosperar el procedimiento, se procederá según lo dispuesto en el artículo 394 de la vigente Ley de Enjuiciamiento Civil. En este caso le informaremos de forma previa antes de iniciar cualquier procedimiento, de cualquier consecuencia que suponga o pueda suponer un coste para usted.

Por tanto, usted se está uniendo a una demanda colectiva y tanto su reclamación y/o importe a solicitar como indemnización será pactada entre usted y nuestro despacho de forma previa.

*COSTE PROCEDIMIENTO JUDICIAL:

El precio indicado como pago inicial de 150€+IVA incluye la inclusión en la demanda colectiva, la redacción de la demanda, la revisión de documentos y las reclamaciones previas a la demanda.

Para el caso de interponer una demanda de forma colectiva, debe saber que:

Para el supuesto de tener contratada póliza de seguros que incluya defensa jurídica, estos gastos podrán ser asumidos por la misma previa declaración de siniestro, por lo que inicialmente no se haría efectivo el pago, que solo procederá en el caso de que finalmente la cobertura no lo permitiera, en cuyo caso se procederá al pago de los honorarios según lo estipulado en le presente presupuesto en la forma estipulada en el mismo.

Para el caso de NO tener contratada póliza de seguros que incluya defensa jurídica, los honorarios de este despacho se abonarían según la presente escala:

Hasta 3000 € ________________ 300 + IVA

Hasta 10.000 € ______________ 400 + IVA

Hasta 30.000 € ______________ 500 + IVA

Hasta 60.000 € ______________ 600 + IVA

Superior a 60.001 €# a comentar

Importes inferiores a 3.000€ a comentar puesto que su inclusión den la demanda colectiva no tiene por qué conllevar aparejada una cantidad mínima de dinero queriendo por tanto únicamente unirse para reclamar un derecho futuro.

ASESORAMIENTO PERMANENTE E INFORMACIÓN:

La prestación del servicio supone la aceptación del presente presupuesto incluye el asesoramiento permanente, que Vd. puede recibir con carácter general, mediante el Boletín Informativo que periódicamente se la facilitará y que recoge todas las novedades relacionadas con los temas contratados por Vd.; o bien información de carácter particular mediante las consultas que Vd. efectúe y que serán atendidas por nuestros profesionales.

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