
Hace ya tres años que la Agencia Tributaria informó que todas las notificaciones, requerimientos y en general cualquier notificación que proviniera de su parte se haría de forma telemática. A la práctica, ésto implica que todas las empresas deben disponer de certificado electrónico.
Qué es el certificado electrónico y para qué sirve?
Primero hay que aclarar que el certificado electrónico es una firma digital que se instala en el navegador para garantizar su identidad en Internet y le permite realizar gestiones desde su propio ordenador sin necesidad de desplazarse (por ejemplo, acceder a sus datos fiscales, presentar sus declaraciones electrónicamente, realizar pagos o solicitar y recoger certificaciones directamente a través de la página web de la Agencia Tributaria).
Cuando el usuario accede a un servicio telemático para el que sea necesario certificado electrónico aparece en la pantalla una ventana con sus datos para que pueda “identificarse” y continuar con la operación. Ojo, y voy a hacer una aclaración que a los amantes de Apple quizá no guste mucho… y es que con todos los ordenadores de Apple da problemas y hay que ser poco menos que ingeniero aeronáutico y hacker informático para poder instalarlo. Otra cosa también a tener en cuenta es el tema de los navegadores, y usted me dirá que le gusta el Mozzilla, o el Chrome, etc. pues bien, unas veces le funcionarán y otras no. Ante la duda utilice Internet Explorer.
Cómo se obtiene?
Para obtener un certificado electrónico válido en el ámbito tributario tiene que acceder a las páginas web de las Entidades emisoras de certificados electrónicos. Nuestro despacho por ejemplo está acreditado para emitir junto con la entidad de certificación el certificado electrónico. En concreto estamos autorizados por ANF
Tenga en cuenta que el certificado electrónico no se solicita a través de la página web de la AEAT.
El procedimiento para la obtención de un certificado que le permita realizar trámites en la página de la AEAT puede variar según el tipo de empresa de que hablemos.
Así por ejemplo, un autónomo puede tramitar directamente su certificado dirigiéndose a la página de la FNMT ( Fábrica Nacional de Moneda y Timbre ) de forma sencilla. En concreto en la página de la FNMT deberá irse a la opción OBTENER CERTIFICADO DIGITAL y dentro de ésta opción deberá indicar que es persona física y posteriormente que quiere Obtener el Certificado de Software y hacer click sobre la opción solicitar por Internet. En este momento deberá introducir su DNI y Apellido así como indicar un correo donde le enviarán su “código de solicitud”. Usted deberá imprimirse ese código y dirigirse a cualquier administración de Hacienda para validarlo. Posteriormente, una vez validado en hacienda ya podrá volver a la misma página web y realizar los mismos pasos pero se fijará en la opción descargar certificado. Una vez introduzca nuevamente los datos solicitados ( DNI, Solicitud y Apellido ) se descargará el certificado. Ahora ya lo tendrá instalado y lo podrá ver dentro de Internet Explorer – Opciones – Contenido – Certificados
Y ahora se preguntará, y si somos una empresa?. Si es así la cosa se complica puesto que deberá dirigirse a su Registro, solicitar certificado de vigencia de cargos, ir a hacienda con el código, etc. por lo que el proceso s alarga. En los casos de empresa, lo normal es acabar pagando el Canon Revolucionario de las certificadoras de 150€ y solicitar el certificado d forma telemática. Nuestra Asesoría en Barcelona se ofrece a tramitarle ésta gestión si usted lo necesita. Estaría disponible en 48 horas.
Una cosa más que debe tener en cuenta. Sólo se puede descargar el certificado desde el mismo ordenador en que se hace la solicitud. Si usted cambia de ordenador no le funcionará el certificado ni podrá descargarse nada.
Le dejamos los enlaces a las páginas que podrían acabar de aclarar sus dudas no sin antes recordarl que estamos a su disposición.
Daniel Moreno Haro
CEO Asesoría Edac
Fábrica Nacional de Moneda y Timbre: www.fnmt.es
Agencia Tributaria: pasos a seguir para obtener el certificado