Este mes de febrero 2017, el calendario fiscal para autónomos nos trae la presentación Modelo 347 ante la Agencia Tributaria (AEAT).
¿Qué es el modelo 347?
El Modelo 347 es una declaración informativa de operaciones con terceras personas que se realiza de forma anual ante la Agencia Tributaria con el fin de prevenir posibles operaciones fraudulentas.
De acuerdo con el artículo 35.4 de la Ley General Tributaria, la presentación Modelo 347 es obligatoria para todos aquellos empresarios y emprendedores que gestionan su propio negocio bajo un régimen de autónomo y que, además, han realizado operaciones con terceros por un valor anual superior a los 3.005,06 euros.
¿A qué nos referimos cuando hablamos de operaciones con terceros? A operaciones comerciales que incluyen tanto la adquisición de bienes y servicios por parte de proveedores como la venta de bienes y servicios por nuestra parte a un cliente. Así como también, a la recepción de subvenciones y ayudas no reembolsables, las operaciones inmobiliarias y de entidades aseguradoras.
De modo que, si el importe anual de tus operaciones –mencionadas anteriormente- con alguno de tus clientes o proveedores supera la cifra de 3.005,05 euros durante el año natural, debes rellenar y presentar entre el 1 de febrero y el 28 de febrero de 2017 el modelo 347 para cumplir con tus deberes fiscales.
¿Quiénes están obligados a presentarlo y quiénes están excluidos?
Como reiterábamos hace un momento, están obligados a presentar el modelo 347 todos los empresarios o autónomos que superan el importe anual de 3.005,06 euros en operaciones con terceros.
Sin embargo, como en todos los impuestos fiscales, existen algunas excepciones que eximen al empresario de realizar la presentación modelo 347:
- Si el valor anual de las operaciones con terceros es inferior a los 3.005,06 euros que establece la legislación.
- Si el empresario realiza sus actividades empresariales en España pero su residencia fiscal no se encuentra en territorio español.
- Si el empresario tributa en el IRPF por estimación objetiva y en el IVA por los regímenes especiales simplificado o de la agricultura, ganadería y pesca.
- Si el empresario debe informar sobre las operaciones incluidas en los libros registro del IVA según lo dispuesto en el artículo 36 del Real Decreto 1065/2007.
- Si el empresario ha realizado operaciones excluidas de declaración según lo establecido en el artículo 33 del Real Decreto 1065/2007.
¿Cómo rellenar y llevar a cabo la presentación Modelo 347?
En primer lugar, es necesario llevar a cabo un análisis exhaustivo de las cantidades facturadas por cliente y proveedor. Comprobando así, en cuáles de ellos se ha alcanzado el valor de 3.005,06 euros establecido. En caso de alcanzar tal importe, debes ordenar la facturación por trimestre para agilizar el proceso de rellenar el modelo 347, dado que la información sobre las operaciones se desglosa de forma trimestral.
En segundo lugar, debes acceder a la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria para poder rellenar de forma telemática el Modelo 347. Para ello, necesitaras contar con el certificado electrónico o DNI electrónico o bien, con el Código Seguro de Verificación (CSV).
En tercer lugar, debes comenzar a rellenar las tres páginas que conforman la declaración de acuerdo a las siguientes indicaciones:
Página 1. Resumen de datos
El primer apartado a rellenar es el de Ejercicio y modalidad de presentación. En este caso, deberás introducir el año de ejercicio, por ejemplo 2016 e indicar en qué formato presentaras el Modelo 347.
Seguido de este, deberás rellenar el apartado de Declarante. En caso de no disponer de etiqueta identificativa, deberás introducir tu nombre y apellidos o bien el nombre de tu empresa acompañado del NIF, domicilio fiscal y teléfono de contacto.
Al llegar al apartado de Declaración complementaria o sustitutiva, este sólo deberá ser rellenado si se trata de una segunda presentación a causa de un error o cualquier otro motivo que te obligue a volver a llevar a cabo la presentación Modelo 347.
Siguiendo con la primera página, deberás completar el Resumen de los datos incluidos en la declaración. En otras palabras, realizar un resumen de la información que incluirás en las dos páginas siguientes.
- En la casilla [01] deberás especificar el número de clientes o proveedores con lo que has superado el umbral de 3.005,06 euros.
- En la casilla [02] deberás indicar la suma total de las operaciones que has realizado con los clientes y proveedores de la anterior casilla.
- En la casilla [03] deberás señalar el número total de tus establecimientos.
- En la casilla [04] deberás apuntar el importe del alquiler de los establecimientos que has indicado en la casilla anterior.
Llegados a este punto, deberás indicar la Fecha y Firmar para pasar a la siguiente página.
Página 2. Relación de declarados
En esta segunda página, deberás desglosar cada uno de los clientes y proveedores señalados en la casilla [01] de la página anterior.
En primer lugar, deberás rellenar los datos identificativos señalando tu NIF y el año del ejercicio.
Una vez plasmados, deberás completar por separado cada cliente y proveedor indicando los siguientes datos:
- Número NIF del declarado, es decir, de tu cliente o proveedor.
- Número NIF del representante si es menor de edad.
- Razón social o nombre comercial de tu cliente.
- Código de provincia, es decir, las dos primeras cifras del código postal como por ejemplo 08 si es de Barcelona.
- Clave código, es decir, indicar el tipo de operación de acuerdo a los siguientes códigos por letras: (A) si es Compra, (B) si es Venta, (C) si son cobros por cuenta de terceros superiores a 300,51 euros, (D) si son adquisiciones al margen de la actividad empresarial por entidades públicas, (E) si son subvenciones o ayudas, (F) si son ventas de agencias de viaje y (G) si son compras de agencias de viaje.
- Importe de las operaciones. Indicar el importe total de las operaciones con tu cliente o proveedor.
- Operación seguro. Una casilla especial para las operaciones de entidades aseguradoras.
- Arrendamiento local negocio. Si se trata del alquiler del local, debes marcarlo con una X.
Página 3. Relación de inmuebles
Del mismo modo que en la segunda página, en esta última también deberás rellenar tus datos identificativos con el NIF y el año de ejercicio.
En este caso, deberás indicar todos aquellos locales que tengas alquilados para desempeñar tu trabajo que superen una cifra de arrendamiento de 3.005,06 euros:
- NIF del arrendatario.
- NIF del representante si es menor de edad.
- Razón social o nombre comercial.
- Importe total de la operación de arrendamiento.
- Referencia catastral del inmueble.
- Provincia, es decir, las dos primeras cifras del código postal.
- Datos de dirección y ubicación.
¿Qué ocurre si no presento el Modelo 347?
En caso de no llevar a cabo la presentación Modelo 347 a tiempo, la Agencia Tributaria considerará que el contribuyente está cometiendo una infracción tributaria estipulada en los artículos 94 y 94 de la Ley General Tributaria.
Arriesgándose así a pagar una sanción de 20 euros por cada dato o conjunto de datos omitidos referidos a una misma persona física o jurídica, alcanzando un mínimo de 300 euros y un máximo de hasta 20.000 euros.