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Publicado en plan de Inspecciones de Hacienda 2022

Inspección de Hacienda en 2022

Ya se ha publicado el protocolo de inspecciones de Hacienda para este año. No obstante, la propia Hacienda no parece ser muy colaborativa a la hora de devolver a los contribuyentes las cantidades que han pagado de más. Aunque prometieron que su atención se centraría en los “grandes defraudadores”, parece ser que un año más no será así.

Concretamente la Administración Tributaria publica los sectores que especialmente van a vigilar en 2022. Para este año se ha creado el “Plan visitas” ya publicado en el BOE conjuntamente con el Plan de Control Tributario 2022.

¿Cuál será el plan de inspecciones de Hacienda para este 2022?

El plan de inspecciones de Hacienda para 2022 pondrá sus esfuerzos en los siguientes sectores / colectivos:

1.- Pequeños empresarios

El objetivo de las nuevas inspecciones de Hacienda es incrementar el número de visitas físicas con la finalidad de:

 “incentivar el cumplimiento voluntario por parte del sector del pequeño empresariado evitando […], cargas fiscales indirectas para ellos derivadas de los procedimientos de comprobación inspectora”.

Según el propio plan, se especifica que se “visitará” al pequeño empresario para corregir los fallos que comete a la hora de realizar sus declaraciones.

El plan de Inspección de Hacienda pondrá su foco en el pequeño empresario y más aún en aquellos que sean susceptibles de trabajar en efectivo. Por tanto, estarán en punto de mira comercios tradicionales y otros donde la realización de pagas y señales pueda ser habitual como, por ejemplo:

  • Concesionarios de vehículos
  • Comercios de alimentación
  • Tiendas de muebles

La lista puede ser muy larga. El objetivo final será vigilar que las transacciones en efectivo cumplan con la legalidad.

Se vigilará la posible ocultación de ventas y sistemas de cobro o cajas de doble contabilidad.

2.- Deudores de la Administración

Uno de los principales objetivos de las inspecciones de Hacienda será perseguir a aquellos contribuyentes que, siendo deudores de la Administración Pública, continúan trabajando e incrementando sus deudas con la Hacienda. Según indica el plan, estos contribuyentes  “no muestran intención de regularizar su situación”.

Sin embargo, el plan de revisión no se centra únicamente en los deudores. Los autónomos o empresas que estén presentando bases negativas en sus impuestos de forma reiterada también estarán en el punto de mira. Básicamente, Hacienda se plantea ¿Cómo puede un autónomo presentar pérdidas 3 años seguidos y seguir manteniendo su nivel de vida?

3.- Centros de Negocios y domicilios de correspondencia

Las inspecciones de Hacienda también perseguirán a los centros de negocios, coworking, o “nidos” de empresas. ¿El objetivo? Controlar no sólo sus datos censales, sino también revisar las actividades desarrolladas, la vinculación entre los diferentes emprendedores del coworking, etc.

Con esto, se pretende evitar que empresas sin medios materiales pueden disponer de ROI para realizar compraventas en la UE evitando así pagar IVA, etc.

4.- Empresas vinculadas

Otro de los objetivos marcados es la revisión de empresas y operaciones vinculadas. La finalidad de esto es evitar la traslación de beneficios fiscales de una compañía a otra.

Tanto es así que las sociedades por ejemplo de nueva creación con una tributación del 15% ya están siendo revisadas. Esto se hace para ver si realmente cumplen los requisitos de nueva creación. En caso contrario  sería aplicable directamente la tributación del 25%.

5.- Tributación internacional

La evasión fiscal es algo propio de grandes grupos empresariales y multinacionales. El objetivo es verificar si estos cumplen la normativa de precios de transferencia o si estas grandes empresas pretenden reducir su tributación en territorio español.

6.- Comercio electrónico

En nuestro artículo sobre la nueva regulación de los ecommerce hablábamos de la nueva fiscalidad y aunque Hacienda ha dado algo de respiro para la adaptación, dentro de los planes de inspección 2022 se encuentra el perseguir a tiendas online que estén realizando ventas en España y aunque no deban tributar aquí por sus beneficios, sí deben pagar el IVA de los productos vendidos.

Tener un asesoramiento especializado será fundamental para evitar que Hacienda realice una inspección por incumplir la actual normativa de comercio electrónico.

¿Puede Hacienda presentarse en nuestro negocio y recoger documentación?

Sí, pero para hacerlo debe cumplir algunos supuestos muy concretos recogidos en el artículo 13 de la Ley General Tributaria entre los que destacan la propia autorización del contribuyente o bien con una autorización judicial. Además, con la Nueva Ley Antifraude de la que ya habíamos adelantado información previamente se detallan más requisitos como por ejemplo que los Juzgados Contencioso-Administrativo estén informados del procedimiento.

Situación actual y relación Hacienda – Contribuyente

Estos dos años de pandemia y crisis provocada por Covid hemos visto como Hacienda no daba tregua a los contribuyentes y se ha dedicado a hacer inspecciones indiscriminadas principalmente por IVA a contribuyentes con IVA a favor, con pérdidas o con devolución de impuestos. En este sentido, los Asesores o Gestores más tradicionales y que ya habían visto situaciones similares siempre han sido partidarios de no solicitar devoluciones de IVA y dejar los importes a compensar para periodos posteriores.

Sin embargo, en Asesoría Edac siempre hemos apostado por defender los derechos de nuestros clientes solicitando cuantas devoluciones le correspondan y realizando cuantos escritos, alegaciones o defensa corresponda en pro de garantizar una correcta financiación de nuestros clientes recuperando aquellos importes pagados de más.

¿Qué debemos exigirle a nuestros asesores?

Lo que está claro es que cada vez más es imprescindible llevar una contabilidad impecable, no deducirse cosas o facturas que no correspondan a la actividad, puedan crear dudas o supongan una devolución de impuestos dudosa para el contribuyente. Además, dentro de las medidas que debemos hoy en día exigir a nuestros gestores y asesores que llevan la contabilidad de nuestra empresa es poder disponer de toda la documentación escaneada y ordenada y para esto se necesita disponer de un programa de gestión contable y una asesoría adaptada a las actuales necesidades tributarias.

Debemos recordar que cada vez más la Administración Tributaria nos solicita no sólo los listados de facturas recibidas y emitidas sino que también nos solicita todas las facturas en formato electrónico. El hecho que Hacienda pida la copia electrónica de las facturas responde a una finalidad clarísima…. Que el contribuyente no haya guardado la factura, no la encuentre, no la pueda aportar a tiempo, etc y por tanto desde Hacienda se pueda directamente retirar la factura del libro de gastos e IVA perjudicando claramente al contribuyente.

Conclusiones:

LA presión fiscal a todos los autónomos o empresas es cada vez mayor ya sea con o sin justificación. Por eso mismo, como especialistas en inspecciones de Hacienda y en gestión contable y fiscal, procedemos a realizar las siguientes recomendaciones:

1.- Disponer de un sistema o control de facturas donde todas puedan estar guardadas – archivadas en formato digital.

En Asesoría Edac ofrecemos un sistema 100% transparente con nuestros clientes. Escaneamos todas las facturas y las ponemos a disposición de nuestros clientes. De ese modo, podrán acceder a los datos contables, datos de trabajadores o documentos jurídicos siempre que quieran.

Guardar las facturas en formato digital (PDF) es fundamental hoy en día.

2.- No asumir riesgos

Como Asesoría experta en autónomos y emprendedores, aún nos encontramos con muchos autónomos encuadrados en módulos. Estos siguen pensando que por el hecho de estar en módulos no tienen obligación de llevar una buena contabilidad. Esto es un total error, ya que los módulos es uno de los colectivos donde hacienda puede recaudar más. Por tanto, es un sector “carne de cañón” en una inspección.

Otra práctica habitual como la de deducirse vehículos, está en el punto de mira de las inspecciones. No obstante, conviene recordar que existen sentencias a favor de que empresas y autónomos puedan incluir algunos gastos de transporte y vehículos dentro de su actividad.

3.- Tener todas las obligaciones al día

No nos referimos únicamente a los pagos de IVA, IRPF o Impuesto de Sociedades que se da por supuesto. Nos referimos a cosas tan sencillas como tener un correcto mantenimiento del lugar de realización de la actividad, el domicilio particular de la empresa, las actividades que se desarrollan, etc. ya que en las últimas inspecciones el no disponer de alguna actividad dada de alta supone automáticamente no poder practicar la deducción de gastos, IVA, etc. mientras que sí imputan los posibles ingresos que se hayan tenido de dicha actividad perjudicando nuevamente al contribuyente.

4.- Tener un conocimiento real de su negocio

Hoy en día las Asesorías tenemos que ofrecer sistemas que ayuden a nuestros clientes a identificar las necesidades de sus negocios más allá del cumplimiento de sus obligaciones. En Asesoría Edac, por ejemplo, los clientes pueden acceder a su área de cliente y ver en todo momento una foto real de su empresa con gráficos, ratios, etc de la imagen que proyecta su negocio y por tanto la que podrá ver Hacienda, su entidad bancaria o sus proveedores y hacerse por tanto una idea de qué puede esperar también de ellos en el futuro.

5.- Tener cubiertas todas las áreas de negocio

Empresas y autónomos siempre han llevado sus obligaciones contables, fiscales y laborales al día. Sin embargo, cada vez más la normativa y las modificaciones que de ésta se van haciendo exigen que hasta el negocio más pequeño necesite contar con un departamento jurídico además del fiscal y contable o laboral.  Actualmente muchas de las inspecciones que vivimos no sólo deben responderse con argumentos meramente laborales o fiscales y cada vez es más habitual que deba intervenir la figura del abogado en pro de proteger unos derechos del contribuyente muchas veces vulnerados por incumplimientos de plazos, extra limitación de la Administración, etc.

Una Asesoría o gestoría que pueda trabajar tanto presencialmente como trabajar como asesoría online es fundamental hoy en día. Las Asesorías debemos contar con los mejores sistemas informáticos y de gestión y además deben estar a disposición de nuestros clientes si queremos dar un buen servicio al mismo tiempo que garantizamos el cumplimiento.

Finalmente, como Asesoría global de empresa, creemos que este año 2022 va a ser un año donde las Administraciones Públicas, incluida Hacienda, van a intentar recuperar parte de las ayudas concedidas estos 2 años de pandemia por lo que recomendamos encarecidamente ser más estrictos que nunca en el cumplimiento normativo, contable y fiscal y contar con la confianza de su Asesoría y tener la garantía de que esta responderá de forma rápida y eficiente cuando llegue la inspección. Asesoría Edac cuenta con departamento Fiscal-Contable, Laboral, Jurídico y Procesal dando cobertura a todas las áreas fundamentales de cualquier negocio.

Daniel Moreno Haro

CEO Asesoría Edac – La Central del Negocio

Telf. 93.153772 info@serviciosdac.com



CONTRATACIÓN DE SERVICIOS:

Usted está contratando su inclusión en una demanda colectiva dirigida al Consorcio de Seguros. En concreto los servicios incluidos son:

– Revisión de contratos de Seguros de Comercio para valoración de la posibilidad de Reclamación ante la propia compañía de Seguros o en su defecto al Consorcio de Seguros algún tipo de indemnización debido al Cese Temporal del Negocio por covid19 o cualquier otro motivo incluido en el condicionado del contrato.

– Presentación de reclamación ante el Consorcio de Seguros.

– Adhesión a la posible Demanda Colectiva al Consorcio de Seguros exigiendo la inclusión del Covid19 como causa que motiva indemnización por Lucro Cesante.

CONTRATACIÓN ADICIONAL A PACTAR:

– Demanda al Consorcio de Seguros de Forma Colectiva*

RESULTADO INCIERTO:

Este despacho advierte del resultado incierto del procedimiento judicial iniciado al Consorcio, así como de la duración del mismo. En este sentido, queremos dejar constancia de que las explicaciones ofrecidas han sido suficientes y por tanto es usted como cliente quien asume el resultado incierto de este procedimiento.

Indicarle, que para el caso de NO prosperar el procedimiento, se procederá según lo dispuesto en el artículo 394 de la vigente Ley de Enjuiciamiento Civil. En este caso le informaremos de forma previa antes de iniciar cualquier procedimiento, de cualquier consecuencia que suponga o pueda suponer un coste para usted.

Por tanto, usted se está uniendo a una demanda colectiva y tanto su reclamación y/o importe a solicitar como indemnización será pactada entre usted y nuestro despacho de forma previa.

*COSTE PROCEDIMIENTO JUDICIAL:

El precio indicado como pago inicial de 150€+IVA incluye la inclusión en la demanda colectiva, la redacción de la demanda, la revisión de documentos y las reclamaciones previas a la demanda.

Para el caso de interponer una demanda de forma colectiva, debe saber que:

Para el supuesto de tener contratada póliza de seguros que incluya defensa jurídica, estos gastos podrán ser asumidos por la misma previa declaración de siniestro, por lo que inicialmente no se haría efectivo el pago, que solo procederá en el caso de que finalmente la cobertura no lo permitiera, en cuyo caso se procederá al pago de los honorarios según lo estipulado en le presente presupuesto en la forma estipulada en el mismo.

Para el caso de NO tener contratada póliza de seguros que incluya defensa jurídica, los honorarios de este despacho se abonarían según la presente escala:

Hasta 3000 € ________________ 300 + IVA

Hasta 10.000 € ______________ 400 + IVA

Hasta 30.000 € ______________ 500 + IVA

Hasta 60.000 € ______________ 600 + IVA

Superior a 60.001 €# a comentar

Importes inferiores a 3.000€ a comentar puesto que su inclusión den la demanda colectiva no tiene por qué conllevar aparejada una cantidad mínima de dinero queriendo por tanto únicamente unirse para reclamar un derecho futuro.

ASESORAMIENTO PERMANENTE E INFORMACIÓN:

La prestación del servicio supone la aceptación del presente presupuesto incluye el asesoramiento permanente, que Vd. puede recibir con carácter general, mediante el Boletín Informativo que periódicamente se la facilitará y que recoge todas las novedades relacionadas con los temas contratados por Vd.; o bien información de carácter particular mediante las consultas que Vd. efectúe y que serán atendidas por nuestros profesionales.

Así mismo, usted autoriza a que nuestra consultora, o cualquier empresa del grupo pueda incluir sus datos personales y de contacto dentro de sus bases de datos con fines comerciales y/o promocionales y a utilizar por tanto sus datos con dicho fin.

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